Requisitos y plazos para solicitar las ayudas para el pago del alquiler en Aragón por problemas derivados del coronavirus

Quedan pocos días para solicitar estas nuevas ayudas, convocadas por la DGA, que pueden subvencionar hasta el 100% de las rentas de alquiler abonadas entre los meses de enero a junio de 2021.

Los inquilinos tienen derecho a una deducción derivada de su gasto en el alquiler.
Últimos días para solicitar las ayudas para el pago del alquiler por problemas derivados de la pandemia.
Pixabay

El pasado 19 de julio se abrió el plazo para solicitar las ayudas de la nueva convocatoria impulsada desde el departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón con el fin de minimizar el impacto económico y social de la covid-19 en los alquileres de vivienda habitual. 

Se trata de una convocatoria derivada del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, que está dotado con 3.430.558 euros, cuyas ayudas están destinadas a personas que tengan problemas para hacer frente al pago del alquiler por motivos económicos directos derivados de la pandemia.

Los interesados que todavía no las hayan presentado deberán darse prisa, ya que el plazo está abierto hasta el próximo 6 de agosto de 2021.

Requisitos para solicitar las ayudas

Estas ayudas, que se se pueden solicitar de manera telemática o presencial, pueden subvencionar hasta el 100% de las rentas de alquiler abonadas entre los meses de enero a junio de 2021 (máximo seis mensualidades) si se cumplen los siguientes requisitos:

  • Que el/la arrendatario/a o alguno de los miembros de la unidad familiar se encuentre afectado por una circunstancia que implique una reducción de ingresos, por pasar a estar en situación de desempleo, por estar afectado por un ERTE, por haber reducido su jornada por motivo de cuidados, por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia o por otras circunstancias sobrevenidas vinculadas a la actividad laboral que impliquen dicha reducción de ingresos como consecuencia de la expansión del COVID-19.
  • Que la renta arrendaticia más los gastos y suministros básicos resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar. A estos efectos, se entenderá por «gastos y suministros básicos» el importe del coste de los suministros de electricidad, gas, gasoil para calefacción, agua corriente, de los servicios de telecomunicación fija y móvil, y las posibles contribuciones a la comunidad de propietarios, todos ellos de la vivienda habitual que corresponda satisfacer al arrendatario, referidos al periodo de un mes.
  • Que el alquiler mensual máximo sea de 600 euros.
  • No tener otra vivienda en propiedad o en derecho de uso.

Las solicitudes de ayudas se tramitan y resuelven por orden de llegada. Además, las personas que hayan sido víctimas de violencia de género durante el estado de alarma tienen prioridad en la adjudicación de las ayudas.

En la web del Gobierno de Aragón se pueden consultar los requisitos completos y descargar las instancias y documentación para solicitarlas.

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