La prohibición de sobrevolar los glaciares enfrenta al Gobierno central y la DGA

El Ministerio de Transportes presenta un contencioso contra Aragón por invadir sus competencias de navegación aérea.

Imagen aérea del glaciar del Aneto, el más grande de toda la cordillera pirenaica.
Imagen aérea del glaciar del Aneto, el más grande de toda la cordillera pirenaica.
Gerardo Bielsa

La prohibición de vuelo por encima de los glaciares del Pirineo ha provocado un conflicto de competencias entre el Gobierno de Aragón y el de España. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha formulado un recurso contencioso-administrativo contra el decreto de la DGA que en octubre pasado aprobó el Plan Rector de Uso y Gestión de los Monumentos Naturales de los Glaciares Pirenaicos, un instrumento legal para su gestión y planificación en los próximos 10 años que pretende paliar un deterioro irremediable por el cambio climático.

El citado plan regula los usos permitidos y prohibidos. Entre estos figura la prohibición de sobrevolar a menos de 1.000 metros sobre el terreno del glaciar con cualquier tipo de aeronave (helicóptero, avioneta, dron). Quedan excluidos del veto los vuelos que realice el Gobierno de Aragón con competencias en materia de conservación de la naturaleza, dentro de las actuaciones de gestión del espacio protegido, así como los que se autoricen por razones de investigación y de emergencia (rescates, instalaciones de seguridad relacionadas con pruebas deportivas en la zona autorizadas o incendios forestales), y los necesarios para el abastecimiento, limpieza, mantenimiento y reparación de los refugios de montaña y bordas o cabañas utilizadas por los pastores.

Sin embargo, el Ministerio de Transportes cree que esta prohibición excede de las competencias del Gobierno autonómica, según el departamento de Agricultura y Medio Ambiente. Las mismas fuentes añadieron que la administración aragonesa intentará defender la medida en el pleito alegando "que la gestión y planificación de los Espacios Naturales Protegidos le corresponde a la Comunidad Autónoma".

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha publicado un edicto para poner en conocimiento de los interesados la presentación de este recurso por parte del Ministerio de Transportes, del que depende la Dirección General de Aviación Civil, el órgano a través del cual dirige la política aeronáutica y regula el sector aéreo.

Una norma en revisión

La prohibición de sobrevuelo es habitual en los espacios protegidos. La normativa de los Parques Nacionales, entre ellos el de Ordesa, impide hacerlo a menos de 3.000 metros sobre la vertical del terreno, aunque actualmente se está pendiente de una nueva regulación. En diciembre, el Consejo de la Red de Parques Nacionales emitió un informe preceptivo sobre el proyecto de Real Decreto que regulará la altura y elevar en su conjunto las restricciones vigentes desde 2005 para evitar incrementar el número de millas voladas y las emisiones de gases de efecto invernadero. Además, a iniciativa de los ministros de Transportes, Defensa y Transición Ecológica, el Gobierno autorizó el sobrevuelo excepcional a una altura inferior a la prevista.

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