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Cuánto puede tardar Hacienda en pagar la declaración de la Renta

Los contribuyentes con derecho a devolución suelen ser los primeros en presentar el impuesto con la esperanza de cobrar los primeros, pero no siempre es así.

Renta 2023: Descubra las fechas clave
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La campaña del impuesto de la Renta ya ha comenzado y han sido muchos contribuyentes los que esperaban casi con ansia el primer día para presentar su declaración. Muchos de ellos se encuentran en el grupo de a quienes la Agencia Tributaria les tendrá que devolver dinero. En Aragón, de las 763.354 declaraciones que se esperan, casi el 60% (448.558), darán una alegría a los contribuyentes. 

Hacienda espera devolver 331 millones de euros esta campaña, un 0,7% menos. Del otro lado, 273.245 aragoneses tendrán que pagar, un 10% más que la campaña pasada, con un total de 505 millones de euros, una cuantía un 7,2% superior. La declaraciones a ingresar han ido subiendo en los últimos años, frente a las negativas o a devolver. 

Qué plazo tiene Hacienda para devolver 

La Agencia Tributaria ha anunciado que las primeras devoluciones se ingresarán en las cuentas de los contribuyentes en 48 horas desde el primer día de campaña, este viernes, 5 de abril, solo dos días después del inicio de la campaña, como ocurre otros ejercicios. Esto no quiere decir que todos los que la presenten primero vayan a estar en este grupo. Desde el Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja han recordado que las devoluciones "no van por orden de entrada ni dependen de que te devuelvan mucho o poco". 

El plazo legal que tiene Hacienda para hacer este ingreso es de seis meses, desde el término de la campaña, que este año será el 1 de julio, "o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución que has solicitado", detalla la Agencia.

Qué interés paga Hacienda si no devuelve a tiempo

De esta forma, habrá contribuyentes que lleguen a diciembre sin cobrar la devolución. La única ventaja para ellos será que si el retraso se prolonga y comienza un nuevo año, tendrán derecho a cobrar intereses. "Transcurrido el plazo de seis meses sin que haya sido ordenado el pago de la devolución por causa imputable a la Administración tributaria, se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora tributario", detalla Hacienda. El interés se va sumando "desde el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha en que se ordene su pago, sin necesidad de que el contribuyente lo reclame", añade. 

Este año, el interés de demora tributario se sitúa en el 4,0625%, y se  cobra también si el contribuyente ha pagado de más y solicita la devolución de lo que le corresponde, según  la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

No se tendrá derecho a cobrar estos intereses, porque no será imputable la demora a la Administración tributaria, "cuando la devolución no pueda tramitarse dentro del plazo señalado, por no estar la declaración correctamente cumplimentada en todos sus extremos, no contener la documentación exigida, o carecer, o ser erróneos, los datos de la cuenta a la que deba ser transferido su importe". Esto hace que sea muy importante incluir el número de cuenta correctamente. 

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