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Diez años de prisión para el violador que agredió a una menor para ser "listo" y "fuerte"

Eligió a la víctima cuando se dirigía andando a su casa tras salir del instituto y la atacó en un portal del Casco Histórico de Zaragoza. 

Brahian Alejandro Londoño, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza a principios de marzo.
Brahian Alejandro Londoño, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza a principios de marzo.
Oliver Duch

Brahian Alejandro Londoño pretendía ser “mas listo” y “más fuerte” cuando decidió seguir a una chica de 13 años que se dirigía a casa tras salir del instituto y agredirla sexualmente (en realidad dijo “tener sexo con una joven”). Según llegó a declarar en el juicio, había leído en internet semejante dislate e incluso dijo que se sentía “engañado” por haberse creído tal patraña. Y ahora acaba de comprobar el resultado de documentarse en según qué foros que fomentan la violencia sexual contra las mujeres.

La Audiencia Provincial de Zaragoza lo ha condenado a diez años de prisión por un delito de agresión sexual a una menor de 16 años y a seis de libertad vigilada. Además, ha sido castigado por un delito de resistencia a seis meses de multa y por lesionar a tres agentes de la Policía Nacional que lo detuvieron tras perseguirlo por varias calles del entorno de Conde Aranda.

El acusado admitió los hechos durante el juicio, pero lo que cuestionó su abogado defensor, Alejandro Sarasa, es que su representado supiera que la víctima tenía menos de 16 años cuando la eligió como objetivo y que le llegara a introducir con violencia los dedos en la vagina. Ambos hechos son de gran relevancia por la gravedad de la pena, pues la condena oscila entre los diez y los quince años de prisión.

El tribunal de la Sección Tercera analiza las pruebas y llega a la conclusión de que sí eran evidentes ambas cuestiones. Los peritos forenses la describieron como delgada (37 kilos), baja estatura y constitución infantil para su edad. En el momento de sufrir la agresión, 25 de abril de 2023, cursaba 2º de ESO y su aspecto era de niña. Pero, además, los magistrados pudieron comprobar durante la celebración del juicio la semana pasada que su apariencia sigue siendo infantil y de menos de 16 años. Con lo cual, como recogen en su sentencia, “no es creíble que el acusado no pudiera apercibirse de que la persona a la que seguía y que posteriormente abordó sexualmente era menor de edad”.

El segundo aspecto controvertido era si introdujo o no los dedos en la vagina de la víctima y la conclusión es que “necesariamente, sí”. La afirmación viene dada por una pequeña lesión que presentaba en la horquilla vulvar. “Una mera palpación o tocamiento no produce una excoriación, y para efectuar ésta no es preciso bajar las bragas de la víctima como así acontece y se reconoce”, señala la sentencia. “Existen por otro lado molestias a la palpación, lo que viene a redundar en la previa penetración inconsentida y violenta -pues la menor pudo zafarse de su agresor-, dato que avala racionalmente que era sujetada con fuerza por parte del acusado”.

Brahian Alejandro Londoño, de 21 años, siguió a la adolescente a su casa y aprovechó que entraba en el portal para acceder tras ella. La chica se entretuvo en mirar el buzón, momento en que la abordó por detrás y mientras le decía que se callase y no gritase, le tapaba la boca con una mano y con la otra le bajaba la braga y la agredía.

Durante la vista oral, su abogado planteó la existencia de la atenuante de enajenación mental o embriaguez y la de reparación del daño porque su cliente abonó 500 euros antes del comienzo del juicio. El tribunal ha tenido en cuenta que los forenses manifestaron que el acusado presenta en su biografía médica rasgos propios del trastorno antisocial de personalidad, al que se asocian rasgos de corte obsesivo además de consumo perjudicial de tóxicos (cannabis), si bien indicaron que era un mero problema de conducta. 

En cuanto a su imputabilidad no detectaban una enfermedad o desconexión de la realidad y sabía distinguir entre el bien y el mal. No obstante, entienden que cabe admitir una “leve-mínima” disminución de sus facultades volitivas y del autocontrol. Esta circunstancia les ha llevado a graduar la pena en su mitad inferior y situarla en diez años. Añaden que los 500 euros que adelantó son insuficientes para apreciar la atenuante de reparación del daño, aunque este gesto, unido a su reconocimiento de hechos y a que admitió que “obró mal”, apuntalan su decisión de condenarlo a esa pena.

En cuanto a responsabilidad civil, Brahian Alejandro Londoño deberá indemnizar a la menor, que sigue en tratamiento psicológico, con 12.000 euros y con 90 euros a cada policía, representados por los abogados Marco Antonio Navarro y Carlos Álvarez.

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