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El TSJA confirma la condena de cárcel e inhabilitación a un mando de la Policía en Zaragoza

Un jurado lo declaró culpable de la desaparición de botellas de licor y objetos de perfumería y cosmética que estaban bajo custodia en la Jefatura Superior de Aragón.

botellas
Botellas que estaban bajo custodia en los calabozos.
Policía Nacional

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha decidido que no cabe la repetición del juicio contra el inspector jefe de la Policía Nacional Enrique Gascón, al que un jurado popular declaró culpable un delito de apropiación indebida por la desaparición de varias botellas de licor y objetos de perfumería que permanecían bajo custodia en la Jefatura Superior de Aragón.

La sentencia impuso al acusado un año de cárcel y otro de inhabilitación para cargo o empleo público en la Policía Nacional durante el mismo tiempo. Y los magistrados confirman el castigo, aunque dan por bueno uno de los cinco motivos de su recurso de apelación y no tendrá que sufragar las costas de la acusación popular, ejercida por el sindicato policial Jupol.

Por estos hechos, ocurridos en 2019, se sentó también en el banquillo de los acusados el subinspector Rafael A., al que asistía la letrada Pilar Sangorrín, pero este fue declarado inocente por el jurado. Ese mismo tribunal popular concluyó que Enrique Gascón dispuso para sí o permitió que otros se apropiaran de efectos requisados (mayoritariamente botellas de bebidas alcohólicas, perfumes y complementos) por el Grupo de Hurtos en dos operaciones policiales en 2017 que estaban depositados en los calabozos de la Jefatura Superior de Policía de Aragón.

En marzo de 2019 el subinspector Rafael A. ordenó poner candados en las puertas de los calabozos para evitar que desapareciesen objetos. En septiembre de ese año, el entonces jefe superior, Juan Carlos Muñoz, pidió que vaciaran las celdas y trasladaran los objetos a Mayandía. Enrique Gascón se hizo cargo de esa tarea ayudado de dos amigos (ajenos a la Policía) y de su subordinado, que hacía de chófer.

Al día siguiente, el 9 de septiembre, se distribuyeron anónimos en la Jefatura y sindicatos, que acabaron llegando a la prensa, en los que se aseguraba que habían «desaparecido» efectos de ese alijo. Al final, se abrió una causa contra el inspector jefe y el subinspector por apropiación indebida con el resultado antes mencionado.

Cinco motivos de impugnación

El abogado de Gascón, Enrique Esteban, solicitó la anulación del juicio por entender que se había generado indefensión a su cliente. El letrado hizo hincapié en distintas pruebas que le fueron denegadas, tales como hacer un inventario de los objetos que fueron trasladados a Mayandía. Sin embargo, el TSJA concluye ahora que no existió tal indefensión.

La defensa se quejaba también en su recurso de apelación de la forma en que la Fiscalía modificó su escrito de calificación tras la práctica del juicio, de la forma en que se redactó el objeto del veredicto y la presunta falta de motivación del veredicto que condenó a su cliente. Pero el tribunal explica en su sentencia que ninguna de estas quejas están justificadas, por lo que no cabe la repetición de la vista.

El quinto y último motivo por el que protestaba el abogado Enrique Esteban era la imposición de las costas de la acusación particular al mando de la Policía Nacional condenado. Y aquí sí que el TSJA le da la razón, liberándolo de tener que sufragar también estos gastos.

Contra el pronunciamiento del TSJA todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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