Constitución, derechos históricos y partidos políticos

Los independentistas quieren la cesión del 100% de los tributos que se paguen en Cataluña, es decir, extender el privilegio vasco y navarro a Cataluña. 

La Constitución española cumple 45 años.
La Constitución española cumple 45 años.
K. U.

Hoy hace cuarenta y cinco años que los españoles aprobamos en referéndum la Constitución española de 1978. En ese momento no se pudo hacer una Constitución mejor, técnica y políticamente hablando. El paso del tiempo ha evidenciado, sin embargo, algunos errores que, si bien podrían haberse corregido o matizado, se han profundizado hasta el punto de poner en peligro la propia Constitución como instrumento de control del poder.

El primer gran error fue el reconocimiento de los llamados derechos históricos en la disposición adicional primera. Con este reconocimiento los constituyentes pretendían pacificar el País Vasco y conseguir el voto afirmativo del PNV para la Constitución. No se consiguió ni lo uno, ni lo otro. A cambio se introdujo un sistema de financiación en los territorios vasco y navarro inédito en cualquier Estado federal. Según el mismo, la titularidad, recaudación, gestión e inspección de la práctica totalidad de los impuestos es competencia del País Vasco y Navarra, que aportan una cuantía anualmente al Estado para financiar todos los servicios que están centralizados, pero de los que también se benefician los ciudadanos vascos y navarros. Es el llamado cupo o aportación económica. Semejante sistema solo puede sostenerse con un cálculo de este cupo transparente y justo para el resto de los españoles.

Lamentablemente, durante estos cuarenta y cinco años de vigencia constitucional, por efecto del sistema electoral, el PNV, como partido bisagra, ha conseguido tanto del PSOE como del PP que la cifra del cupo haya ido disminuyendo paulatinamente sin transparencia ni justificación. Así, el privilegio económico de estos territorios es cada vez mayor.

Este error de los constituyentes, acrecentado tanto por el PSOE como por el PP durante todos estos años, solo tiene ahora visos de empeorarse en dos sentidos. Por una parte, según el acuerdo de investidura firmado entre el PSOE y Junts, los independentistas querrían la cesión del 100% de todos los tributos que se paguen en Cataluña, es decir, extender el privilegio vasco y navarro a Cataluña. La extensión de este privilegio sería algo económicamente inviable para el resto de los españoles. Por otra parte, del acuerdo de investidura con el PNV, se deduce que se va a ceder la gestión económica de las pensiones. Esto supondría que las oficinas y el personal de la Administración General del Estado pasarán a formar parte de la administración autonómica. Y la carta que reciban los pensionistas vascos llevarán el sello del gobierno autonómico, aunque el dinero sea de todos los españoles. En definitiva, un paso más en la desaparición del Estado en esta parte del territorio español.

El otro gran error de la Constitución de 1978 –del que advirtió Fraga Iribarne en los debates constituyentes- es que se ha creado un sistema político con un protagonismo absoluto de los partidos políticos sin ningún elemento de control externo a los mismos. Del protagonismo absoluto de los partidos políticos se derivan algunas de las corruptelas más criticables de nuestro sistema (nombramiento partidista de los miembros del Tribunal Constitucional, nombramiento partidista de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, déficits en la regulación de la financiación y democracia interna de los partidos…). También del protagonismo absoluto de los partidos políticos se deriva que puedan aprobarse leyes que en absoluto responden al sentir mayoritario de la sociedad (la ley del sí es sí, la reforma de los delitos de malversación, la ley de amnistía…).

La representación es un elemento constitutivo de la democracia y los partidos políticos son piezas imprescindibles del sistema, pero para que la democracia representativa, gestionada a través de los partidos políticos, siga siendo democracia “tiene que incluir también la posibilidad de que el poder de decisión y dirección representativo se pueda corregir y contrapesar democráticamente” (Böckenförde). Históricamente el instrumento que ha servido en las democracias más antiguas para controlar externamente el poder de los representantes ha sido el referéndum. Y más en concreto, el referéndum legislativo de iniciativa popular, que permitiría que, frente a una ley aprobada por el Parlamento de fuerte contestación social, se solicitara, mediante la recogida de firmas, que sobre ella se preguntara en un referéndum y, de esa manera, comprobar si es o no expresión de la voluntad popular.

Decía Platón que “Si en lugar de dar a una cosa lo que le basta, se va mucho más allá; por ejemplo, si a una nave se le dan velas demasiado grandes, al cuerpo demasiado alimento, al alma demasiada autoridad, ¿que sucederá? Que la nave se irá a pique; el cuerpo caerá enfermo por exceso de gordura; y el alma se abandonará a la injusticia, hija de la licencia”. Hoy pecamos de exceso de poder a los partidos políticos y su alma está abandonada a sus propios intereses, entre los que no se incluyen que la Constitución funcione como instrumento de limitación de su poder.

Eva Sáenz Royo*

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