45 años en la vida de un militar

Fuimos un referente de modernidad, inteligencia política y moderación. Que sigamos siéndolo depende de quienes tienen la obligación moral de dar la talla. 

La Constitución española cumple 45 años.
La Constitución española cumple 45 años.
K. U.

La redacción, aprobación y promulgación de la Constitución española la viví como caballero alférez cadete de cuarto año en la Academia General Militar de Zaragoza. Recuerdo el nivel de preocupación que existía en la Academia para que tuviéramos una idea clara de la importancia y repercusiones de este hecho trascendental en el devenir de España. Tanto es así que vino a explicárnosla don Gregorio Peces Barba, uno de los ‘padres’ redactores de la Constitución del 78, por aquel entonces diputado en Cortes de las que fue presidente en 1982.

En 1981 y siendo ya teniente, viví la crisis que supuso el intento de golpe de Estado del 23 de febrero, feliz y oportunamente atajado por el rey Juan Carlos I. Gracias a su intervención, la Constitución, la monarquía y la democracia no solo sobrevivieron, sino que se vieron reforzadas.

He alcanzado y ejercido todos los empleos de la escala de oficiales -de teniente a teniente general a lo largo de más de 44 años de servicio-, vivido sucesivas y en ocasiones traumáticas reformas del Ejército y de las Fuerzas Armadas (FF. AA.), necesarias, qué duda cabe, pero no siempre bien explicadas y desgraciadamente siempre insuficientemente atendidas en su financiación y dotación de personal; he acatado siempre las órdenes con disciplina y espíritu de servicio porque es lo que corresponde a quien empeña su palabra, lo más sagrado que tiene, al servicio de España. Todo ello ha sido posible porque lo ha amparado la legitimidad y solidez de la Constitución, símbolo de unidad y concordia, referente para la acción política y marco común que recoge los anhelos y esperanzas de los españoles para vivir en un entorno de paz, libertad, justicia y pluralismo.

De la Constitución española emanan la legalidad y la legitimidad del poder político sobre la Administración militar. Una legislación prolija ha desarrollado todas las misiones que deben desempeñar las FF. AA., además de las que figuran en el artículo 8.1. En el interior del territorio nacional, a través de misiones permanentes y de apoyo a autoridades civiles en determinados casos (apoyo a Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y grave riesgo, catástrofe o calamidad pública para los ciudadanos). En el exterior, en operaciones de presencia y seguridad colectiva, mantenimiento e imposición de la paz, de estabilización, de ayuda humanitaria... A ese poder político y a la cadena de mando militar le debemos los miembros de las FF.AA. durante el servicio activo y periodo de reserva lealtad y obediencia, con el único límite de la constitucionalidad de las órdenes y la legalidad de los actos que de ellas se deduzcan.

Surge, en ocasiones, la duda -y se me pregunta con cierta frecuencia- de si el Rey es realmente el jefe supremo de las FF. AA., y qué implicaciones tiene el que lo sea. Es, en efecto, el jefe supremo de las FF. AA. y así aparece reflejado en la Constitución en su artículo 62. Concede los empleos, recibe en audiencia a personal militar, visita unidades, centros y organismos, despacha a menudo con mandos militares, y ejerce una magistratura de influencia; es, con seguridad, una de las personas mejor informadas de España. Pero quede claro que no ejerce el mando directo sobre la estructura militar, ni en el aspecto orgánico -las unidades-, ni en el aspecto operativo -el empleo de la fuerza-. Esos cometidos le corresponden al Gobierno, encabezado por su presidente y auxiliado en esos menesteres por el titular del departamento de Defensa (artículo 97). Así, pues, no cabe pensar siquiera en un poder autónomo del Rey al margen de la acción del Gobierno, ni exigirle la toma de acciones que supongan el empleo de las FF. AA.

De la misma manera, no se puede pedir a las Fuerzas Armadas, en virtud del artículo 8 de la Constitución, que ejerzan una acción al margen de la dirección política, toda vez que la legalidad y la legitimidad para ordenar esa defensa de la soberanía e independencia de España, su integridad territorial y el orden constitucional que cita el artículo mencionado corresponde al poder legalmente establecido, al Gobierno; lo contrario nos retrotraería a la funesta figura de los espadones decimonónicos y a la interminable serie de pronunciamientos, guerras y algaradas de tan triste y amargo recuerdo.

Ahora bien, necesitamos hoy más que nunca figuras como aquellas élites de la actualmente denostada Transición, que con una generosidad y altura de miras que hoy no se perciben, unieron a sus capacidades intelectuales su voluntad de acuerdo y su valentía para llevarlo a término, servidores públicos en la acepción más noble del término, que combinaron la ética de la convicción, la ética de la responsabilidad y la proporcionalidad de sus actos. España lo merece, los españoles lo necesitamos y el fortalecimiento del orden constitucional lo demanda imperiosamente. Se requiere un horizonte común, serenidad y acuerdos de Estado para seguir siendo ese país que levantó tantas esperanzas en aquellos que salían o querían salir de situaciones complejas. Fuimos un referente de modernidad, inteligencia política y moderación. Que sigamos siéndolo depende de quienes tienen la obligación moral de dar la talla.

*Teniente general retirado del Ejército de Tierra

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