Sociedad

La obesidad y la apariencia podrían reconocerse como causas de discriminación

ANTEPROYECTO DE LEY DE IGUALDAD

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) propone que el anteproyecto de ley de igualdad de trato especifique como «motivos explícitos de discriminación» la obesidad y la aperiencia física.

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha propuesto que la futura ley de igualdad de trato especifique que nadie pueda ser discriminado por ser obeso, ni por su apariencia física.


Estas son algunas de las propuestas que ha hecho el CERMI, al anteproyecto de ley de Igualdad de trato y no discriminación que ha aprobado el Gobierno y que se encuentra en trámite de consultas a las diversas entidades implicadas en esta materia.


El anteproyecto dispone que nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, lengua o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

«Motivos explícitos»

El CERMI quiere que tanto la obesidad como la apariencia física se inserten como «motivos explícitos» de discriminación, y hace hincapié en que las políticas que se promuevan también combatan la discriminación por estos motivos «cada vez más frecuentes en ámbitos como el laboral o el acceso a distintos servicios».


Apunta que la exposición de motivos del anteproyecto debe incidir en la relevancia de la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.


Considera que la futura ley se debe aplicar en todos los ámbitos de la vida «civil, política, económica, cultural y social, especialmente, en las esferas del «ocio, tiempo libre y recreación, así como en la actividad física y el deporte».


Propone incluir los servicios de seguros y financieros, junto con el acceso, la oferta y suministro de bienes y servicios a disposición del público, incluida la vivienda, ya que, según explica, «se trata de ámbitos de suficiente relevancia e importancia social».


El CERMI apuesta por que la norma se aplique con carácter supletorio en relación a la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (LIONDAU), al tiempo que pide que se complementen los supuestos de vulneración de derechos, incluyendo tanto las acciones de discriminar como las omisiones.


Subraya que este último punto resulta «imprescindible para evitar el ejercicio abusivo y contrario a esta ley del llamado derecho de admisión a establecimientos públicos o de concurrencia pública» .


Con respecto a la educación, el CERMI señala que la discapacidad es precisamente una de las situaciones que requieren mayor apoyo y, además, apunta que precisamente ser discapacitado sería otro motivo de discriminación en el ámbito sanitario.


En cuanto a las infracciones relativas al trato discriminatorio, el CERMI cree que no hay que limitarlo a infracciones penales.


Sobre los criterios de graduación de las sanciones por motivos de discriminación, el CERMI plantea añadir que cuando el infractor sea un empleado público, el reproche administrativo sea mayor.


Además, con respecto a las sanciones accesorias, el CERMI propone añadir la prohibición de contratación pública.


Por otro lado, añade modificaciones de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con el objetivo de que los procedimientos que contiene se sustancien de forma preferente y breve, «dada su trascendencia social y que afecte a los derechos fundamentales».


Por último, el CERMI plantea la elaboración de un informe sobre las principales y más graves violaciones a los derechos de igualdad de trato y no discriminación.

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