Sanidad retira del mercado estas cremas solares por incumplir el factor de protección

La AEMPS solicita el cese de comercialización de productos de Rituals, Vichy y Biotherm, tras la denuncia de la OCU sobre incumplimientos en el etiquetado y la protección solar.

Crema solar
Crema solar
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La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), organismo dependiente del Ministerio de Sanidad en España, ha solicitado el cese de comercialización de tres cremas solares por presunto incumplimiento en el etiquetado de la protección solar. Los productos afectados son el 'Invisible Sun Protection Face Cream SPF 50+' de Rituals, 'Capital Soleil Crème Onctueuse Protectrice SPF 50+' de VICHY y 'Waterlover Face Sunscreen SPF 50+' de Biotherm. Esta medida se tomó en "aras de la protección de la salud de las personas consumidoras", al no presentar datos que demuestren que la composición de estos productos es igual o equivalente a la fórmula comercializada.

Denuncia de la OCU y medidas adoptadas en las cremas solares

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) fue la entidad que inició una investigación, finalizando con la denuncia de estos incumplimientos. Además de los tres productos mencionados, la OCU también identificó incumplimientos en otros lotes de productos de protección solar como en el lote 32032276 de protección facial 'Sensitive SPF 50' de Nivea Sun; el lote 3157 de 'Sun Sensitive Oil-Free Milky Fluid SPF 50' de Lancaster; y el lote 1362V A de la crema solar 'Hydro Infusion Sun Gel Cream Face SPF 50' Piz Buin, cuyas retiradas también han sido solicitadas. Sin embargo, el 'Fusion Water Magic SPF 50' de ISDIN no ha sido retirado del mercado dado que se facilitaron varias pruebas que apoyan las reivindicaciones del etiquetado.

La AEMPS llevó a cabo su propia investigación basada en los resultados proporcionados por la OCU y los ensayos proporcionados por las empresas. Los resultados de la OCU y de la AEMPS han demostrado discrepancias, lo que ha llevado a la adopción de medidas de cese de comercialización y retirada del mercado por parte de la agencia sanitaria.

Impacto en Rituals, Vichy y Biotherm

Los productos que deben cesar su comercialización habían etiquetado en sus productos una protección solar 'muy alta', conforme a las recomendaciones de la Comisión Europea (CE). Sin embargo, los resultados proporcionados por la OCU indican que la protección solar de estos productos es 'alta'. Además, las empresas no presentaron datos para probar que la fórmula utilizada en sus ensayos es la misma o equivalente a la comercializada. Esto pone a Rituals, Vichy y Biotherm en una posición crítica, ya que deberán retirar del mercado los lotes ensayados y cesar la comercialización de los productos.

Situación de Nivea, Lancaster y Piz Buin

Para las marcas Nivea, Lancaster y Piz Buin, a pesar de que los valores numéricos del FPS no coinciden con los del etiquetado, la AEMPS confirmó que la fórmula ensayada es la misma que la comercializada. Por lo tanto, estas marcas solo tendrán que cesar la comercialización de los lotes específicos ensayados.

Posición de ISDIN ante sus cremas solares

De inicio la compañia ha facilitado dos ensayos, uno realizado con el método oficial in vivo (UNE EN ISO 24442), y otro con el método oficial in vitro (UNE EN ISO 24443). En ambos casos el resultado obtenido apoya la reivindicación de la etiqueta. 

Para el cálculo del FP-UVA según el método UNE EN ISO 24443, se requiere el dato del FPS in vivo del producto, obtenido mediante el método oficial UNE EN ISO 24444. La OCU no ha realizado este último ensayo, utilizando para el cálculo del FP-UVA un dato obtenido por un método no oficial actualmente en evaluación, por lo que el valor de FP-UVA obtenido por la OCU no se considera determinante para la toma de decisión. En su defensa, ISDIN presentó más ensayos realizados con el método oficial, los cuales apoyan las reivindicaciones relacionadas con el FPS por lo que la AEMPS no ha tomado medidas frente a este producto.

La salud y seguridad de los consumidores es una responsabilidad compartida entre las empresas y las autoridades sanitarias. Este caso demuestra la importancia del cumplimiento de las regulaciones y la transparencia hacia los consumidores. Las empresas deben tomar medidas para garantizar el cumplimiento de las normativas y mejorar la calidad de sus productos. Las autoridades sanitarias, como la AEMPS, deben continuar su labor de vigilancia y control para proteger la salud de la población.

[12/3 12:48] Elena de la Riva Anel
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