Por
  • Pablo Guerrero Vázquez

Amnistía, referéndum, Constitución

Amnistía, referéndum, Constitución
Amnistía, referéndum, Constitución
POL

La Constitución no prohíbe, por ejemplo, que una misma persona, simultáneamente, desempeñe la presidencia del Gobierno y la presidencia del Congreso de los Diputados. Sin embargo, la lógica nos invita a pensar, con base en el principio de separación de poderes, que esta posibilidad es contraria al espíritu de la Norma Fundamental. 

Y, consecuentemente, que una ley que permitiese esta circunstancia, violentaría de tal modo dicho principio que solo cabría declarar su nulidad. Igualmente, la Constitución tampoco prohíbe, pongamos por caso, que quepa la presentación de una moción de censura contra un Gobierno que está en funciones, pero una interpretación de la Constitución en su conjunto nos lleva a concluir que, en estos casos, en los que el Gobierno está cesado, lo que procede es la investidura de uno nuevo y no activar un instrumento que persigue, en primer lugar, la destitución de lo que está ya destituido. Una ley que permitiese esta posibilidad expresamente sería también, más que posiblemente, inconstitucional.

Ni la amnistía, ni el referéndum de autodeterminación ni una financiación privilegiada para Cataluña caben en la Constitución

La Constitución, lo sabemos bien a estas alturas, no prohíbe la amnistía, pero este instrumento de gracia incide de una forma tan intensa en el principio de separación de poderes y en el de igualdad, dos elementos nucleares del Estado constitucional, que sostener su encaje dentro de la Constitución plantea muchos, muchísimos problemas. Es más, la Constitución, que como se acaba de apuntar tiene que ser interpretada como un todo, prohíbe los indultos generales, una medida que incide de forma menos intensa que la amnistía en los principios antedichos.

Los indultos particulares concedidos en su día por el Gobierno a los políticos independentistas presos, indubitadamente dentro del marco de la Constitución, contribuyeron a buen seguro a pacificar los ánimos en Cataluña. Pero no debe pasarse por alto, tampoco, que parte del desencanto con el suflé populista del ‘procés’ –que tiene más su origen en el ‘Aturem el Parlament’ de 2011 que en la soberbia Sentencia del Estatut de 2010– viene provocada por la solidez demostrada durante estos años por el Estado de derecho, que había dejado hasta hace cuatro meses las reivindicaciones secesionistas en lo que son: una ensoñación adolescente –profundamente reaccionaria–.

El independentismo apenas se ha movido un ápice durante la negociación de la investidura, más allá de vehicular el derecho de autodeterminación, ahora, a través del referéndum del artículo 92 de la Constitución, y no de forma unilateral: pero el ejercicio de este presunto derecho, de ser posible, solo cabe previa reforma de la Constitución. Un referéndum por la vía del artículo 92 para articular una consulta sobre la secesión de Cataluña, constituiría un fraude de Constitución al desnaturalizar el procedimiento de revisión constitucional previsto en el artículo 168 de nuestro pacto de convivencia.

Su inclusión en el documento firmado por el PSOE y Junts genera un profundo hastío entre los ciudadanos

En sentido similar, la propuesta de Junts de reformar la Lofca para introducir un sistema de financiación como el vasco y navarro en Cataluña, transgrede de nuevo los límites de la Constitución. El sistema de financiación de estas dos comunidades autónomas constituye una anomalía constitucional que encuentra su fundamento en la disposición adicional primera y está circunscrito, por razones históricas mucho más que discutibles –la debilidad del Estado liberal en el siglo XIX–, a los dos territorios forales. Urge, por cierto, revisar el cálculo del cupo y de la aportación para corregir la injusta sobrefinanciación de la que disfrutan estas dos comunidades autónomas; y cuya extensión a Cataluña sería insostenible desde el punto de vista financiero.

Y aunque el PSOE, en principio, se desvincula de estos dos últimos desiderátums de Junts (referéndum y concierto), entenderán los socialistas que su simple plasmación en el pacto alcanzado genera un profundo hastío entre los ciudadanos: atendiendo a la legislatura que queda por delante y a la copernicana evolución política experimentada por el partido, incluso por su partido, en relación con la amnistía y su encaje en la Constitución.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión