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  • José Manuel Aspas Aspas

Contra la exposición de motivos

El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez (i) junto al presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido
El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez junto al presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido
Eduardo Parra / Europa Press

Para preparar el camino para persuadir a la ciudadanía de una futura ley para amnistiar a las personas que cometieron hechos presuntos delitos e infracciones administrativos en septiembre y octubre de 2017 en Cataluña, se va propagando la idea de que lo importante para su encaje en la Constitución es la exposición de motivos del proyecto o la proposición de ley.

Ni con exposición de motivos, breve o extensa, persuasiva, docente o laudatoria, la amnistía encaja, ni con calzador, en la Constitución. Así opina la mayoría de la comunidad de juristas, salvo algunas excepciones de juristas de Estado, es decir, de juristas del secretario general del PSOE y candidato propuesto para una próxima investidura.

Pretender conferir a la exposición de motivos, preámbulo de la ley (orgánica), una vez que el proyecto o proposición de ley haya sido aprobada por el Parlamento nacional un valor normativo o supranormativo es una manifestación de que tal ley sería un capricho del gobernante. Recordemos que los juristas nacionalsocialistas sostenían que "el Derecho es nuestro capricho" (‘das Recht ist unsere Laune’), o sea, la voluntad del ‘Führer’ (el ‘guía’, ‘dirigente’, ‘caudillo’ o ‘conductor’), según la teoría decisionista de creación del Derecho.

Parece ser que en la futura ley de amnistía, que sería claramente inconstitucional, se quiere dar gran relevancia a la exposición de motivos para justificar un despropósito

Uno de los rasgos del Derecho fascista y del Derecho nazi y, en general, de los regímenes totalitarios y autoritarios es que se intentó otorgar a la exposición de motivos (‘Relazione della legge’, ‘Begründung des Gesetzes’) o preámbulo de la ley (‘Preambolo della legge’, ‘Präambel des Gesetzes’) valor normativo, incluso superior al texto articulado, porque garantizaba la aplicación del Derecho dentro de las directrices políticas del Estado fascista y del Estado nacionalsocialista.

La publicación de las exposiciones de motivos acompañando el texto de las leyes fue una práctica habitual de la legislación franquista, que se ha transmitido inopinadamente a la legislación postconstitucional, sin reparar en su posible inadaptación, porque la práctica había tomado carta de naturaleza, resultando normal a los ojos de juristas y funcionarios.

Es más, se advierte la creciente tendencia al uso de largos preámbulos en la legislación, de excesos retóricos no reprimidos, que degeneran hacia la propaganda política y sirven para exponer posiciones ideológicas de ciertos grupos políticos y sociales. Basta releer el preámbulo del vigente Estatuto de autonomía de Cataluña de 2006, en el que se expresa la vocación irrefrenable del devenir histórico nacional hacia la independencia ("El pueblo de Cataluña ha mantenido a lo largo de los siglos una vocación constante de autogobierno, encarnada en instituciones propias como la Generalitat").

Platón, en el libro IV del diálogo ‘Las Leyes’, sostenía que el preámbulo de la ley es una forma de persuadir a los ciudadanos de la necesidad de su observancia y hacerles más dulce el yugo de la obediencia. En el caso controvertido, pura ideología y oportunidad política en el mercado persa de los votos afirmativos en una investidura presidencial. Se pretende hacer comulgar a los ciudadanos con ruedas de molino y decir amén.

Quedamos a la espera de cómo se pasa de las musas de la exposición de motivos al teatro del articulado de un proyecto o proposición de ley orgánica de amnistía, contraria a la Constitución, por sentido común, jurídico y no jurídico; y, lo que es más importante, por motivos políticos democráticos y éticos para no caer en la gran infamia que exponía el profesor de Derecho administrativo don José Luis Bermejo Latre en una brillante y valiente tribuna de opinión publicada en estas mismas páginas (‘La gran infamia’, HERALDO, 20 de octubre de 2023, pág. 24).

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