Casi 9 años de prisión por incendiar la casa con la gata dentro tras amenazar a su pareja

El acusado llegó a decirle a su pareja "hambre te va a entrar cuando te abra el estómago a patadas en la boca" o "voy a quemarte el piso si no subes".

Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.
Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.
Europa Press

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a ocho años y ocho meses de prisión a un hombre que provocó un incendio en su casa en el que murió la gata que tenía con su pareja, a quien previamente había amenazado con matar al animal e incendiar el piso que compartían en Rubí (Barcelona) si ella no subía.

Los hechos ocurrieron el 16 de agosto de 2017 cuando la pareja, que llevaba cinco años de relación estable, conviviendo en el domicilio de alquiler junto al hijo de ella, un perro (Danko) y una gata (Nala), mantuvieron una discusión que se inició en la calle y que el condenado deseaba continuar en la casa, a lo que ella se negó, por lo que él subió y se quedó arriba solo.

Poco después, el condenado le dijo por Whatsapp: "hambre te va a entrar cuando te abra el estómago a patadas en la boca"; "algo que al caerte se te clave en los ojos", "pues aquí hoy no entras", "voy a quemarte el piso si no subes", "el danko ya esta fuera", "la nala a la que la pille la tiro por la ventana", "sube o tiro la gata por la ventana" y "dime eso otra vez y te quemo el piso".

Tras ello, dejó salir al perro pero no a la gata y, utilizando un mechero, prendió fuego a un cojín de la habitación del niño dando inicio a un incendio que se extendió por la vivienda. Los bomberos evacuaron al condenado y sofocaron el fuego, pero la gata falleció.

La Audiencia de Barcelona le condenó a ocho años y ocho meses de prisión por delitos de incendio, amenazas y maltrato animal, un fallo que ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Y ahora el Supremo confirma la sentencia al destacar "el peligro que (el incendio) generó para la integridad física de, al menos, a las personas que se encontraba en el edificio, y dentro de la vivienda, el propio acusado que estaba semiinconsciente, medio colgado de la ventana".

En cuanto a la muerte de la gata, que el condenado dice que no ha resultado acreditada porque los bomberos no hallaron ningún gato muerto en la vivienda, la Sala explica que "conociendo que estaba el animal en la vivienda, e incluso anunciando la posibilidad de causarle un mal", el hombre "aceptó que podría morir calcinado por el fuego o asfixiado por el humo, como así ocurrió", por lo que sí "conocía el peligro existente para la integridad de la gata".

La vivienda sufrió daños valorados en unos 25.000 euros y, a consecuencia del incendio y las reparaciones, la inmobiliaria dejó de percibir dos mensualidades y media de renta.

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