Estas son las mascotas que no podrás tener en casa, según la Ley de Bienestar Animal

La nueva ley de Bienestar Animal entrará en vigor el 29 de septiembre y es más restrictiva que la anterior. Establece sanciones para quienes no notifiquen en 6 meses la tenencia de especies 'prohibidas'. 

Ley de bienestar animal
Ley de bienestar animal
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La Ley de Protección y Bienestar Animal entrará en vigor en España el próximo 29 de septiembre, a los seis meses de su publicación en el BOE (el pasado 29 de marzo). Cuando el país esté inmerso en la configuración de un nuevo Gobierno, empezará a regir la nueva norma que establece, entre otras obligaciones, que los dueños de los perros deben tener un seguro de responsabilidad civil obligatorio y tienen que hacer un cursillo para tener una de estas mascotas.

El Decreto Ley 7/2023, de 28 de marzo creó un listado positivo de animales de compañía permitidos que puedes tener en casa sin problema y se ha ido modificando con las sucesivas reformas de la norma.

Animales permitidos por la Ley de Bienestar Animal

  • Perros, gatos y hurones
  • Animales domésticos tal como se definen en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal. 
  • Animales pertenecientes a especies silvestres contenidas en el listado positivo de animales de compañía.
  • Animales de producción que, perteneciendo a especies no silvestres y que, tal y como contempla el apartado a) del artículo 3, perdiendo su fin productivo se inscriban como animales de compañía por decisión de su titular.
  • Aves de cetrería y los animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras ni de especies silvestres protegidas.

Lista de mascotas no permitidas en casa

Hay muchos animales que quedan fuera de este listado positivo. Se encuentran excluidas las especias sobre las que hay dudas razonables sobre la posibilidad de mantenerlos o las recogidas en el Catálogo español de especies exóticas invasoras con animales muy populares como las tortugas, los lagartos o los cerdos vietnamitas.

  • Artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales.
  • Todos los primates.
  • Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg.
  • Mapaches
  • Cotorras argentinas
  • Agapornis
  • Cerdos vietnamitas
  • Tortugas peninsulares
  • Varano
  • Erizos
  • Coatíes
  • Serpientes de más de 2 kilos
  • Iguanas grandes
  • Conejos
  • Cobayas
  • Chinchillas
  • Ratones
  • Arañas

Multa 200.000 euros si no notificas estas mascotas

Si tienes en casa una mascota 'prohibida' esta seguirá teniendo la condición de animal de compañía, pero será necesario informar de vive en casa y es de tu propiedad si no te arriesgas a multas que pueden alcanzar los 200.000 euros según la gravedad de la infracción.

  • Las infracciones leves con apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros.
  • Las infracciones graves con multa de 10.001 a 50.000 euros.
  • Las infracciones muy graves con multa de 50.001 a 200.000 euros.
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