Cambios en la ley de Bienestar Animal: ¿puedo entrar a un restaurante con mi perro?

La nueva ley de bienestar animal dedica un apartado a regular la entrada a los establecimientos hosteleros.

Un perro esperando en la puerta de un restaurante.
Un perro esperando en la puerta de un restaurante.
Pixabay

El pleno del Congreso aprobó definitivamente el polémico proyecto de ley de Bienestar Animal el pasado jueves 16 de marzo tras haber votado las casi veinte enmiendas incluidas en el Senado. Finalmente, el texto ha salido adelante con diez de estas modificaciones y está listo para su publicación en el BOE que será seis meses después.

La normativa acerca de los perros ha sido un punto de debate y de fisura entre los socios del Gobierno. Finalmente, los perros de caza han sido excluidos de la ley. Mientras que las mascotas no podrán estar más de 24 horas solas ni se pueden aplicar mecanismos dañinos para educarlas, con los perros de caza no será así.

¿Pueden los perros entrar a los bares y restaurantes?

La nueva norma considera a las mascotas como "seres sintientes" y se han endurecido las sanciones por maltrato animal. Por otro lado, se han desarrollado mecanismos legales para las elevadas cifras de abandono, estableciendo un marco legal común en todo el territorio español.

Una de las claves de la ley es la que habla del acceso con animales de compañía a los medios de transporte, establecimientos y espacios públicos. Según el artículo 29 de la normativa, en su punto número 2, "los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares" y, en general, "en los que se consuman bebidas y comidas podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas".

La ley especifica que solo podrán permanecer en "zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos  sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica".

Así pues, los perros podrán acceder a los restaurantes públicos o privados siempre y cuando no entren en conflicto con las ordenanzas municipales. En el caso de Aragón, hay una normativa de la Diputación del Gobierno de Aragón de 2006 que prohíbe la entrada de canes en lugares donde se consumen alimentos, por lo que, según la ley, los perros no pueden acceder a estos establecimientos en toda la Comunidad. Lo mismo ocurre en Melilla. En el resto de Comunidades Autónomas españolas no hay una prohibición específica.

En cualquier caso, el dueño del establecimiento tiene derecho a prohibir la entrada de animales. En este caso, tendrá que "mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento", según indica la ley.

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