El Supremo rechaza indemnizar a Cabify con 237 millones por el 'decreto Ábalos'

La sentencia subraya que el sistema de doble licencia aprobado en 2018 y denunciado por las VTC no ha ocasionado daños patrimoniales.

Un vehículo de Cabify.
Un vehículo de Cabify.
Heraldo

Nuevo revés judicial para las VTC después de que el Tribunal Supremo haya rechazado la demanda presentada por la filial de Cabify, Vector Ronda, por supuestos daños económicos derivados del 'decreto Ábalos', el sistema de doble licencia establecido por el exministro de Transportes en el año 2018.

El sector, en boca de Cabify, solicitaba al Estado una indemnización de 237,5 millones de euros por daños económicos tras haber tenido que obtener una doble licencia, una estatal y otra autonómica, para operar como vehículo de transporte con conductor (VTC) en el ámbito urbano, lo que equivalía a un acto "expropiatorio" que afectaba gravemente a su negocio, según argumentó Vector Ronda en su denuncia.

Pero la sentencia del Supremo a la que ha tenido acceso este periódico avala esta normativa y destaca que la obligación de tener una doble licencia "no ha ocasionado daños patrimoniales indemnizables". La argumentación de los magistrados es que el periodo de transición de cuatro años establecido en la normativa permitió a los conductores adecuarse a la nueva regulación, evitando así "cambios bruscos" en su cifra de negocio y que los conductores se adaptaran al nuevo marco legal. En la práctica, la normativa limitaba las autorizaciones VTC al ámbito interurbano, con un periodo transitorio de cuatro años que concluyó en 2022.

Los denunciantes advertían de que esta normativa afectaba al valor de las licencias y ocasionaría la desaparición de las VTC, pero la sentencia rechaza este punto y considera que no hay "derechos patrimoniales indemnizables" en este contexto.

Si las reglas del juego cambian, hay un "deber jurídico de adaptación", señala el texto, que agrega que "el hecho de que la legítima especulación del mercado haya podido generar, como dice la parte recurrente, un valor para estos títulos derivado de su transmisibilidad no es un derecho adquirido". En este sentido, el tribunal explica que "lo único que hace el real decreto es aclarar que una autorización nacional emitida por el Estado no puede ser empleada como licencia de servicio de transporte urbano", porque el transporte urbano, recuerdan, "es competencia autonómica".

De hecho, la propia sentencia cita al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado mes de junio se pronunció sobre este asunto declarándolo también compatible con las normas de la UE.

Vector Ronda, filial de Cabify que engloba más de 2.000 licencias de VTC, interpuso el recurso calculando que había que indemnizar con 164.000 euros a cada licencia en Madrid, 74.500 euros por licencia en Cataluña y 34.800 por las de Andalucía, Valencia y Castilla-La Mancha. En total, más de 237 millones.

"La nueva regulación no priva de ningún derecho ni suprime ningún servicio o facultad propio de estas autorizaciones, se trata de un cambio en las condiciones de la autorización que, ante una realidad no cuestionada, se limita a circunscribir la autorización de ámbito nacional al contenido propio de la competencia estatal, dejando que sean las comunidades autónomas las que regulen esta modalidad de transporte cuando su ámbito sea exclusivamente urbano y, por ello, intracomunitario, como demanda el diseño constitucional de esta competencia", explica el texto.

Así, el Supremo descarta que el decreto aprobado hace cinco años suponga un trato discriminatorio de las VTC frente a los taxis, entendiendo que solo ajusta la autorización estatal a las competencias autonómicas en materia de transportes.

Este es solo un capítulo más en la guerra judicial abierta entre las VTC y el sector del taxi. La última batalla también la habían ganado los taxis, cuando el pasado mes de junio se blindó al sector declarándolo como servicio de interés público y permitiendo a las comunidades y ayuntamientos bloquear nuevas licencias de Uber, Bolt o Cabify.

De esta forma, el Gobierno aprobó un real decreto ante la amenaza de una gran movilización de los taxistas tras una sentencia del TJUE que exigía que se eliminara la ratio de un VTC por cada 30 taxis que se establecía en diferentes puntos del país como Barcelona. El texto otorgaba a las comunidades y ayuntamientos herramientas para limitar la avalancha de nuevas autorizaciones de licencias VTC (hasta 100.000, según los taxistas) que podrían comenzar a registrarse tras esta decisión argumentando motivos medioambientales y de gestión del tráfico.

Desde las patronales VTC rechazaron categóricamente el decreto, que consideraron que va en contra de la sentencia del TJUE. "Se han saltado los procedimientos y han ninguneado a las VTC", aseguró José Manuel Berzal, presidente ejecutivo de Unauto, en declaraciones a este periódico.

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