Los agentes que usaron un ariete para irrumpir en un piso podrían enfrentarse a penas de hasta 4 años de cárcel

El proceso se encuentra en la fase intermedia de presentación de conclusiones provisionales de cara al juicio.

Imagen de archivo.
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Policía Nacional

Los seis agentes que irrumpieron hace un año con un ariete en un piso de la calle Lagasca para disolver una fiesta podrían enfrentarse a penas de hasta 4 años de cárcel por un delito de allanamiento de morada, agravado en el caso de si la entrada se produce con violencia o intimidación.

Hace unas semanas, la Audiencia Provincial de Madrid ordenó juzgar a los seis policías, entre ellos al subinspector al mando del operativo, al estimar el recurso interpuesto por el morador de la vivienda contra el auto por el que el juez acordaba levantar a cinco de ellos la imputación a instancias del fiscal.

La causa se encuentra ahora en la fase intermedia de presentación de conclusiones provisionales de cara al juicio que se celebre. El letrado de la acusación particular, Juan Gonzalo Ospina, ha señalado a Europa Press que se limitará a aplicar "los marcos proporcionales que recoge la ley".

El Código Penal establece que en los casos en que se produzca un allanamiento de morada, el infractor puede ser castigado con una pena de prisión de 6 meses a 2 años. "Cuando la entrada o mantenimiento en morada ajena se produzca con violencia o intimidación, la pena asciende a: Privación de libertad entre 1 y 4 años. Más multa de 6 a 12 meses", recoge.

Los hechos objeto del procedimiento se produjeron sobre las 00.50 del 21 de marzo de 2021, en el curso de una intervención policial y a pesar de que no tenían ni el consentimiento de los moradores ni autorización judicial, los agentes de Policía Nacional tiraron la puerta abajo de la vivienda situada en el número 18 de la calle Lagasca de la capital, accediendo a su interior y deteniendo a los moradores.

Tras el sobreseimiento de la causa, el juez Jaime Serret, al frente del Juzgado de Instrucción numero 28 de Madrid, mantenía solo imputado al subinspector del operativo policial, un agente que está investigado en una causa similar de lo que se denomina 'patada en la puerta'.

Este tipo de intervenciones policiales a la fuerza fueron avaladas por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en el caso de que se tratará de pisos turísticos, un extremo descartado en este caso por los vecinos del inmueble al corroborar ante el juez instructor que el inquilino tenía un contrato de alquiler de larga duración.

En una de las vistas celebradas dentro de los trámites del jurado, el fiscal solicitó la continuación del procedimiento solo para el jefe del operativo y el sobreseimiento respecto del resto de los agentes investigados. La Abogacía del Estado reclamó entonces exonerar a todos los agentes.

En una reciente resolución, la Sala acordó la continuación del procedimiento para juicio ante el Tribunal del Jurado contra los citados agentes del Cuerpo Nacional de Policía, manteniendo y confirmando el resto de dicha resolución.

"Las dudas que se plantean sobre la ilicitud o no de dicha orden y el acatamiento de la misma por el resto de los agentes deberán ser resueltas por el tribunal sentenciador, de la misma manera que deberá hacerlo respecto de si los agentes actuaron en el ejercicio legítimo de su cargo o en la creencia fundada de obrar conforme a derecho", aseveraba.

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