Ya no se podrá adelantar como antes y te juegas la multa con la nueva Ley de Tráfico 

La nueva normativa, que entra en vigor el 21 de marzo, prohibirá rebasar la velocidad en 20 kilómetros por hora para adelantar en vías convencionales. 

El vehículo aminora la marcha, evitando poner en peligro a la pareja de ciclistas, ante de realizar el adelantamiento
El vehículo aminora la marcha, evitando poner en peligro a la pareja de ciclistas, ante de realizar el adelantamiento

La Dirección General de Tráfico (DGT) ultima la puesta a punto de la nueva normativa de Seguridad Vial que entra en vigor el próximo 21 de marzo. Entre las modificaciones propuestas hay una de especial interés para los conductores: el cambio en los adelantamientos. 

Así, desde la citada fecha, los vehículos no podrán rebasar la velocidad en 20 kilómetros por hora para adelantar en vías convencionales. Si el vehículo de delante circula ya a la máxima velocidad permitida, no estará permitido superar ese límite para adelantarlo. En tal caso, la multa será de 100 euros.

En el caso de adelantamiento a ciclistas, la nueva norma establece que la sanción sin separación mínima de 1,5 metros pasará a ser una pérdida de 4 a 6 puntos en el carné de conducir.

Según la DGT este cambio se hace "con el objetivo de eliminar la opción de superar el límite de velocidad máxima en un adelantamiento, pudiendo causar un problema en la seguridad vial, puesto que obligaría a completar esta peligrosa maniobra en más tiempo, ocupando el carril contrario, lo que incrementa el riesgo de sufrir una colisión frontal".

Desde 2019 la velocidad máxima permitida en carreteras con un carril por sentido bajó a 90 km/h (antes era de 100 km/h). Actualmente, realizar adelantamientos indebidos conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet de conducir.

Otra de las novedades la nueva ley es la relacionada con el uso del teléfono móvil. La sanción por conducir con el terminal en la mano aumenta de 3 a 6 puntos. Asimismo, la DGT incluye un matiz en el texto de la nueva Ley: sustituye la palabra "utilizar" por "conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil". No será necesario ir hablando por teléfono para perder 6 puntos y recibir una multa de 500 euros.

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