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Absuelta una mujer que soltó dos ratones en una empresa cárnica 

La Audiencia Provincial de Casellón la absuelve por considerar que no causó daño alguno, al no paralizar la producción. 

La mujer soltó dos "ratoncillos" blancos en la empresa cárnica, según se comprobó en las cámaras de seguridad.
La mujer soltó dos "ratoncillos" blancos en la empresa cárnica, según se comprobó en las cámaras de seguridad.
Pixabay

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha absuelto a una mujer que estaba acusada de los delitos contra la salud pública y daños por soltar dos ratones en una empresa cárnica de Almassora (Castellón). La Sala confirma así la sentencia dictada en julio de 2018 por el Juzgado de lo Penal número 3 de la capital de La Plana, que determinó que los roedores no ocasionaron ningún daño a la producción de la empresa.

Los hechos sucedieron el 31 de mayo de 2015 cuando, según narra la sentencia de Penal 3 en el relato de hechos probados, la mujer introdujo y dejó dos ratones sueltos en el interior de las instalaciones de la planta de procesado y producción de la empresa, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

La cárnica acusó entonces a la trabajadora de un delito contra la salud pública y uno de daños, pero la sentencia, ahora confirmada por la Audiencia, la absolvió al no considerar probado que "hubiera ocasionado daño alguno a la producción". La empresa recurrió la resolución y aseveró que el comportamiento de la mujer estaba encaminado a contaminar los productos cárnicos destinados al consumo humano debido a que la mercantil había decidido no contratarla tras el periodo de prueba que acababa de finalizar.

Sin embargo la Audiencia Provincial confirma la decisión del Juzgado de lo Penal y mantiene que la introducción de "dos ratoncillos blancos" en la planta de procesado fue una "circunstancia inmediatamente constatada", ya que las cámaras de seguridad los detectaron prácticamente al instante y "no dio lugar a la paralización de la producción". La resolución concluye que la acción de la empleada solo generó un riesgo "ligero" de contaminación.

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