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En España 955.782 personas tienen reconocida una pensión por incapacidad

El mayor número corresponde a las prestaciones por incapacidad permanente absoluta con un total de 342.470, según los datos de mayo de la Seguridad Social.

Juan José Cortes a su llegada a las Cortes en su sesión constitutiva en mayo.
Juan José Cortes a su llegada a las Cortes en su sesión constitutiva en mayo.
EFE

En España, 955.782 personas tienen reconocida una pensión por incapacidad con una media de 972,46 euros al mes, según los datos de mayo de la Seguridad Social. Las más numerosas las 342.470 prestaciones por incapacidad permanente absoluta (1.197,49 euros al mes), la misma clase que la que cobra el diputado en el Congreso de los Diputados del PP por Huelva Juan José Cortés, padre de la niña Mari Luz, asesinada en el año 2008. Es una prestación  que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral, según la definición de la propia Seguridad Social.

Del conjunto de prestaciones por incapacidad, hay 308.127 españoles con una incapacidad permanente total con un grado del 55% (648,32 euros al mes) y 263.349 con un grado del 75% (950,20 euros) . Solo hay 33.899 pensiones por gran invalidez, que perciben una pensión media de 1.950,16 euros al mes.

23.270 incapacidades en Aragón

En Aragón, un total de 23.270 personas cobran este tipo de prestaciones, el mayor número corresponde a las de incapacidad permanente absoluta que se reconoce a 8.787 aragoneses que cobran 1.235,90 euros al mes de media. Un total de 7.206 personas tienen una pensión de incapacidad permanente total (grado del 55%)y cobran 697,79 euros mensuales y 6.362 con un grado del 75% y 1.067,34 euros al mes. Solo 816 aragoneses tienen reconocida una gran invalidez, que perciben 2.003 euros mensuales.

Permanente absoluta

En su modalidad contributiva, la prestación por incapacidad permanente absoluta "trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona, cuando estando afectada por un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva", apunta la Seguridad Social en su web. El procedimiento para solicitarla incluye que se puede iniciar de oficio (entidad gestora, Inspección de Trabajo, Servicio Público de Salud...), a petición del interesado o de entidades colaboradoras. Será necesario que el equipo de valoración de incapacidades (EVI) de la Seguridad Social formule el dictamen-propuesta "teniendo en cuenta el informe médico de síntesis elaborado por los facultativos de la dirección provincial del INSS  y el informe de antecedentes profesionales", según explica la Seguridad Social.

Los directores provinciales del INSS  son los encargados de dictar "resolución expresa declarando el grado de incapacidad, la cuantía de la prestación económica y el plazo a partir del cual se puede instar la revisión de la incapacidad por agravación o mejoría", según se recoge en la normativa.

La pensión puede extinguirse por revisión de la incapacidad, por reconocimiento de la pensión de jubilación cuando se opte por esta pensión y por fallecimiento del pensionista.

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