Ojo al acelerador: prohibido superar los 90 km/h en las carreteras secundarias

El objetivo de la Dirección General de Tráfico es reducir un 10% las víctimas mortales en estas vías.

La DGT reduce la velocidad a 90 km/h en las carreteras convencionales
La DGT reduce la velocidad a 90 km/h en las carreteras convencionales

Los conductores que este martes circulen por las carreteras convencionales o secundarias que tenían un límite máximo de velocidad de 100 hkm/h tendrán que levantar el pie del acelerador, porque ya ha entrado en vigor la reducción del límite a los 90 km/h.

Ya se han cambiado las señales de tráfico -2.790 con un coste de 650.000 euros en el caso de las carreteras de titularidad estatal- para que los conductores respeten los nuevos límites, con los que la Dirección General de Tráfico (DGT) quiere reducir en un 10% las víctimas mortales en estas vías.

Se trata de la primera medida de las que la DGT ha diseñado para frenar el repunte de la siniestralidad vial. Y con ella se quiere colocar a España junto a los otros quince países europeos que ya tienen establecida una velocidad máxima de 90 km/h en su red secundaria o convencional.

La medida obligará a motos y turismos a circular a una velocidad máxima de 90 km/h independientemente del ancho del arcén.

Esta norma afecta también a autobuses y vehículos mixtos adaptables, si bien en el caso de los primeros, y a pesar de que tienen una baja tasa de accidentalidad, no podrán circular a más de 80 km/h los que no dispongan de cinturones de seguridad.

Además, el decreto que hace un mes aprobó el Gobierno fija en un máximo de 80 km/h la velocidad en las carreteras convencionales para camiones, tractocamiones, furgonetas, autocaravanas con un masa máxima autorizada superior a 3.500 kilos, vehículos articulados y automóviles con remolque.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión