El Supremo de EE. UU. falla a favor de una diseñadora que rechazó trabajar para bodas de parejas homosexuales

El tribunal ha primado la libertad de expresión y las creencias religiosas de la profesional, que es evangélica.

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El Supremo de EE. UU. falla a favor de una diseñadora que rechazó trabajar para bodas de parejas homosexuales
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La discriminación a homosexuales se ha enfrentado una vez más contra la libertad de expresión en Estados Unidos. El Tribunal Supremo ha fallado a favor de una diseñadora gráfica, quien se negó a hacer una página web a una empresa de bodas de parejas del mismo sexo. Lorie Smith, que es evangélica, rechazó el trabajo por motivos religiosos bajo la defensa de que el fin del encargo iba en contra de sus creencias.

La corte ha fallado por seis votos a favor y tres en contra en beneficio de la diseñadora al considerar que ha ejercido su derecho a la libertad de expresión de acuerdo con la Primera Enmienda de la Constitución. Smith demandó en 2016 al Estado de Colorado al entender que su rechazo no era un ataque, sino una defensa de sus principios religiosos. "La Primera Enmienda contempla a EE UU como un lugar rico y complejo, donde todas las personas son libres de pensar y hablar como deseen, no como exige el Gobierno", ha defendido el juez del Supremo Neil Gorsuch en su escrito de la opinión mayoritaria del tribunal.

El dictamen de este viernes entiende que Smith nunca incumplió la normativa antidiscriminación. Es la segunda vez que un negocio abierto al público puede "discriminar a la comunidad LGTBI" en el país bajo la protección de la justicia. Ya en 2018, un pastelero, también de Colorado, se negó a hacer una tarta de bodas para una pareja homosexual.

La defensa de Smith asegura que el rechazo a hacer las páginas web destinada a las parejas del mismo sexo no implica "discriminación" sólo "oposición" a las creencias. Colorado ha argumentado que su Ley contra la Discriminación regula las ventas, no el discurso. Por lo tanto, la diseñadora es libre de prestar sus servicios según su parecer.

Los magistrados detractores han clasificado la decisión como una "licencia para discriminar" y define a "los gais y lesbianas por estatus de segunda clase". "Hoy, la Corte, por primera vez en su historia, otorga a un negocio abierto al público el derecho constitucional de negarse a atender a miembros de una clase protegida", ha asegurado la jueza Sonia Sotomayor, quien votó en contra de permitir la negativa de la diseñadora. De esta manera, "el fallo en sí inflige una especie de daño estigmático, además de cualquier daño causado por la denegación de servicio", ha aclarado.

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