Cómo solicitar la ayuda del SEPE de 480 euros: para parados mayores de 45 años o amas de casa, entre otros

El Servicio Público de Empleo Estatal permite que las personas desempleadas que hacen trabajos domésticos cobren esta ayuda si cumplen con una serie de requisitos. 

Así pueden cobrar las personas amas de casa desempleadas una ayuda extraordinaria de 480 euros.
Así pueden cobrar las personas amas de casa desempleadas una ayuda extraordinaria de 480 euros.
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Son varias las ayudas nuevas, y no tan nuevas, que una persona desempleada puede solicitar. Entre ellas se encuentra una prestación básica de 480 euros al mes durante 11 meses para las amas y amos de casa, que se puede solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Hay que saber que estas personas en España no cotizan ni tienen derecho a paro, a pesar de realizar un trabajo diario en el hogar. 

Muchas de estas personas que realizan labores domésticas han tenido que abandonar el mercado laboral de forma obligatoria, sin ayuda. Por eso, si han agotado la prestación contributiva por desempleo y los subsidios correspondientes, el SEPE ha recordado que existe una ayuda de 480 euros extraordinaria que dura 33 meses y pueden acceder todas las personas que cumplan una serie de requisitos. 

Esta prestación es la Renta Activa de Inserción (RAI), que tiene un carácter extraordinario por varios motivos: porque puede cobrarse siempre que la persona haya agotado los subsidios por desempleo, porque va dirigida a unos grupos específicos de desempleados y porque dura más que otras ayudas, tal y como indica el SEPE en su web. 

Quién puede solicitar la ayuda de 480 euros del SEPE

El grupo de desempleados al que se refiere la administración pública de empleo, dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, son los parados de larga duración mayores de 45 años, emigrantes retornados en España, víctimas de violencia de género y doméstica, los discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 65% y los que realicen labores domésticas y cumplan con estos requisitos. 

  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo. Y, mantener esta inscripción durante todo el periodo de recibir la prestación. Por eso es fundamental que no rechace ninguna oferta de empleo, curso o citación de los funcionarios del SEPE.
  • Ser menor de 65 años.
  • No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional. 
  • Se exige no haber cobrado la RAI durante al menos 365 días naturales (un año).

En cuanto a la cuantía, son 480 euros mensuales durante los 11 meses. Eso sí, el importe debe ser el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Si se hace un cómputo general de esos 33 meses, las personas que hagan labores domésticas pueden llegar a cobrar 15.840 euros en total.

Incompatibilidades de la ayuda de 480 euros

La Renta Activa de Inserción no es compatible con algunas ayudas:

  • Rentas de cualquier naturaleza que hagan superar los límites establecidos para la RAI. 
  • Con los subsidios por desempleo o de la renta agraria.
  • Si se realiza de manera simultánea un trabajo por cuenta propia o ajena a tiempo completo.
  • Con las ayudas a las víctimas de violencia de género que no puedan participar en programas de empleo.
  • Con las pensiones que excedan en su cuantía de los límites establecidos para la Renta Activa de Inserción.

Por otro lado, la Renta Activa sí es compatible con: 

  • Con las becas y ayudas que se pudieran obtener por la asistencia a acciones de formación profesional e inserción profesional.
  • Con los trabajos realizados en beneficios a la comunidad porque no son retribuidos. 
  • Si se realiza un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. 
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