Cambios en el bono social eléctrico en 2023: novedades y quiénes pueden acceder

El Gobierno empleará 3.000 millones de euros para compensar la alta tarifa eléctrica de los consumidores.

Ampliar el bono social eléctrico es una de las nuevas medidas del Gobierno.
Ampliar el bono social eléctrico es una de las nuevas medidas del Gobierno.
Pixabay

El nuevo paquete de medidas aprobado por el Gobierno recientemente y que tiene como objetivo reducir la factura mensual de energía de los hogares ya está publicado en el BOE. Con una partida adicional de 3.000 millones de euros "para llegar al 40% de los hogares", según estimaciones del Ejecutivo, una de las ayudas más destacadas afecta directamente al bono social eléctrico.

A quienes ya podían solicitarlo se suman ahora en torno a 1,5 millones de nuevos potenciales beneficiarios quienes tendrán descuentos del 40% en los recibos, mientras que quienes cumplan los requisitos que ya estaban regulados en la normativa verán aumentados sus descuentos del 60% al 65% si son consumidores vulnerables y del 70% al 80% si son vulnerables severos. También aumenta el número de kilovatios hora (kWh) sobre los que se aplicarán estos descuentos.

Quién puede solicitar el bono social eléctrico

Vigente hasta el 31 de diciembre de 2023, está regulado en el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, y su artículo 10 recoge la "aplicación temporal del bono social de electricidad a los hogares trabajadores con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética". Para optar al 40% de descuento, según apunta Facua, se deben cumplir los siguientes requisitos: 

  • Vivir solo y tener un renta anual que no supera los 16.212,56 euros (2 veces el IPREM de 14 pagas) y está por encima de los 12.159,42 euros (1,5 veces el IPREM de 14 pagas). Si está por debajo, tiene derecho a otro bono social con más descuentos.
  • Si comparte vivienda, el límite de ingresos de la unidad de convivencia aumentará en 2.431,88 euros (0,3 veces el IPREM de 14 pagas) por cada miembro adicional al titular del contrato que sea mayor de edad y en 4.053,14 euros (0,5 IPREM) por cada miembro menor de edad.

Por otra parte, para acceder a los descuentos del 65% para vulnerables, se han de cumplir los siguientes requisitos, regulados por la disposición final vigésima tercera del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.

  • Si algún miembro de la unidad de convivencia percibe el Ingreso Mínimo Vital.
  • Si todos los miembros de la unidad de convivencia con ingresos son pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
  • Si reside solo y su renta anual no supera los 12.159,42 euros (1,5 IPREM). Si no vive solo, el límite de ingresos de la unidad de convivencia aumentará en 2.431,88 euros (0,3 veces el IPREM de 14 pagas) por cada miembro adicional al titular del contrato que sea mayor de edad y en 4.053,14 euros (0,5 IPREM) por cada miembro menor de edad.

Para solicitar los descuentos de hasta el 80% para vulnerables severos, los requisitos que se han de cumplir son los siguientes:

  • Si el titular del contrato tiene el título de familia numerosa y la renta anual de la unidad de convivencia no supera los 16.212,56 euros (2 IPREM).
  • Si la renta anual de la unidad de convivencia no supera los 8.106,28 (1 IPREM) y todos los miembros con ingresos son pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
  • Si vive solo y su renta anual no supera los 6.079,71 euros (0,75 IPREM). Si no reside solo, el límite de ingresos de la unidad de convivencia aumentará en 1.215,94 euros (0,15 IPREM) por cada miembro adicional al titular del contrato que sea mayor de edad y en 2.026,57 euros (0,25 IPREM) por cada miembro menor de edad.

Desde abril de 2022 el coste del bono social se debe pagar entre todos los actores del sector eléctrico (generación, transporte distribución y compañías comercializadoras). En el caso concreto de las comercializadoras, su importe debe ser abonado en función del número de clientes de la compañía, tal y como recuerdan desde la Organización de Consumidores y Usuarios.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNCMC), en concreto, fijó lo que deben pagar las comercializadoras: 11,4679 euros al año por cliente, lo que supone casi un euro más en las facturas mensuales.

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