zaragoza

Un vecino de Utebo recupera 26.200 euros de un crédito 'revolving' con Cofidis

Un juzgado declara "nulo por usura" el producto financiero complejo cuyos elevados intereses iban multiplicando la deuda y le perdona 5.500 euros de deuda pendiente.

Banderas a media asta en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza por la pandemia del coronavirus.
 Ciudad de la Justicia de Zaragoza.
José Miguel Marco

Un vecino del municipio zaragozano de Utebo ha conseguido la devolución de 26.200 euros y el perdón de otros 5.500 acumulados en deuda de un contrato de línea de crédito que firmó en 2002 con la financiera Cofidis. En total, cerca de 32.000 euros. 

El juzgado de Primera Instancia nº 1 de Zaragoza ha declarado en una sentencia el contrato "nulo por usura", tras allanarse la firma de créditos rápidos a la demanda y aceptar todo lo que solicitaba el cliente. A ello se unió la falta de transparencia. La financiera ha sido condenada a la devolución del exceso de las cantidades que tuvo que pagar el cliente, más los intereses. La sentencia fue notificada en mayo y actualmente ya es firme, sin que quepa recurso contra ella.

Interés del 22,95%

El contrato incluía un interés TAE (Tasa Anual Equivalente) del 22,95%, el oficial para conocer el coste de un producto y que suele aparecer en la letra pequeña de los productos financieros. Las cuotas mensuales se fijaban en 60 euros, pero "el cliente terminó pagando más de 187 euros al mes", han explicado desde Estela Royo Abogados, que ha defendido al cliente zaragozano junto a la abogada Carolina García. De esta cantidad, 101 euros correspondían solo al pago de intereses. 

Las abogadas han precisado que "aunque lo que el cliente solicitó fue un préstamo personal corriente, la entidad presentó para su firma un contrato de línea de crédito o crédito 'revolving' de hasta 3.000 euros". El complejo producto financiero, que va multiplicando intereses, acabó convirtiéndose en un lastre de cuotas mensuales que engordaban continuamente. Así, terminó pagando 19.000 euros de más, que ahora se le devuelven, junto con 7.100 euros en intereses y la cancelación de 5.500 euros de deuda todavía pendiente. "Le ofrecían la posibilidad de nuevas disposiciones por teléfono o mensaje", ha añadido Royo. En total, el dinero que fue solicitando sumó unos 17.800 euros en 20 años, menos que el dinero que acabó pagando de más y que ahora recupera.

Claúsulas en una letra demasiado pequeña

El cliente no conservaba el contrato, que se obtuvo tras solicitarlo a la financiera junto a una reclamación previa. La demanda se interpuso por la "usura", debido al alto tipo de interés de un producto considerado como "complejo" por el Banco de España, en el que "en raras ocasiones el consumidor puede conocer el total a pagar, puesto que con una nueva disposición de efectivo cambia todo", ha puesto como ejemplo Royo.

Además, el fallo reconoce la "falta de transparencia en cuanto a que el tipo de interés no aparecía en la página principal del contrato o el mismo resultaba completamente ilegible sin el uso de lentes dada la letra tan reducida del mismo", han indicado las abogadas. La letra del contrato no puede ser inferior a un milímetro y medio, además de que "la información más relevante deberá estar redactada en términos fácilmente comprensibles, de manera claramente legible", han recordado, según la normativa el Banco de España.

Además, se declara nula también la prima de 'seguro de protección de deuda' que se tuvo que contratar junto al crédito por falta de transparencia e ilegibilidad.

Antes de presentar la reclamación, se inició un trámite de reclamación previa o extrajudicial "para intentar solventar de manera amistosa la controversia", han asegurado las abogadas. Cofidis ofreció al cliente reducir 3.000 euros de la deuda que entonces tenía, han explicado, pero el cliente siguió adelante con la demanda en el juzgado. 

Finalmente, el juzgado condenó  a la demandada a devolver todo el exceso abonado desde que se firmó el préstamo, más los intereses legales calculados desde la fecha de cada pago hasta su efectivo abono mediante aplicación del tipo de interés legal del dinero.

La abogadas han hecho hincapié en la "desproporcionada" cantidad de intereses que convirtió la deuda en "interminable", por muchas cuotas que se hubieran pagado, ya que su cálculo depende de una enredada fórmula, difícil de descifrar.

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