economía

Un juzgado de Huesca perdona una deuda de más de 499.000 euros a una aragonesa

La mujer, junto a su marido, había solicitado varios créditos para salvar su negocio de fruticultura, avalados con su patrimonio, y ahora ha sido exonerada por la ley de segunda oportunidad.

Juzgados de Huesca.
Juzgados de Huesca.
Rafael Gobantes

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca ha perdonado una deuda de 499.331,91 euros que había acumulado en créditos no devueltos una aragonesa al aplicar la Ley de Segunda Oportunidad. La jueza ha concedido el perdón "general y definitivo" para las cantidades acumuladas por la mala situación de una empresa de fruticultura, después de declararse en concurso de acreedores de persona física y tras haber liquidado todo su patrimonio.

En el auto con fecha del pasado 26 de septiembre, la magistrada ha admitido el llamado beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho "quedando a salvo los derechos de los acreedores frente a los obligados solidariamente con los concursados y frente a su fiadores o avalistas". La exoneración alcanza la totalidad de los créditos que no habían sido liquidados, según han informado desde el despacho Bergadà Asociados de Lérida que ha llevado el caso. En la lista se encuentran ocho créditos con dos entidades financieras y otro con una empresa.

Créditos para innovar

La beneficiada ahora por el perdón dirigía junto a su marido una empresa dedicada a la fruticultura, "lo que les empujó a crear la sociedad fue contratar un préstamo con el Centre para el Desarrollo Técnico e Industrial (CDTI), con el objetivo de promover una patente que se basaba en el riego hidropónico adaptado a cultivos arbóreos, pero por diversos factores no llegó a buen fin", han explicado desde el citado despacho. La sociedad estaba avalada personalmente por el matrimonio. La situación empeoró por "las inclemencias meteorológicas que afectaron de manera directa y negativa en la recolección de la fruta, azotada por los cambios de clima y los temporales adversos", han añadido desde los abogados del matrimonio.

Cuando no pudieron afrontar las deudas se declararon en quiebra, mediante la presentación de un concurso de acreedores de persona física, "ante la previsión de no poder asumir la elevada deuda que se había generado al intentar salvar el negocio, y con la mirada puesta en resurgir y no tirar por la borda el trabajo de toda una vida", han explicado desde el despacho.

El auto recoge que se cumplen los requisitos para admitir este perdón. "La concursada intentó un acuerdo extrajudicial de pagos; han sido satisfechos los créditos contra la masa y los créditos privilegiados; no existen créditos de alimentos ni de derecho público conocidos; y se ha liquidado la totalidad del patrimonio", enumera el fallo. Así mismo, se acredita la "buena fe" de la concursada.

Los abogados de la aragonesa resaltan que los empresarios quebrados "pueden mirar hacia el futuro sin la pesada carga de la deuda que tenían y que se había convertido en una auténtica pesadilla".

La resolución señala que el perdón alcanza a "la totalidad de los créditos no satisfechos; y dado que no existe plan de pagos y se ha liquidado la totalidad del patrimonio, tiene carácter definitivo, sin perjuicio del derecho de los acreedores a instar la revocación de la exoneración". Esa marcha atrás solo se contempla en supuestos regulados en la normativa concursal.

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