¿Cuánto tiempo hay que trabajar para poder cobrar una jubilación?

En 2027, la edad de jubilación será de 67 años con 38 años cotizados y seis meses si el interesado opta a cobrar el 100% de la pensión.

En España, la regulación laboral protege mucho a algunos trabajadores y deja a otros en situación vulnerable.
Operarios trabajando en la calle
Andrea Merino / HERALDO

"El periodo mínimo de cotización para la prestación de jubilación contributiva es de 15 años. Con ese mínimo, el porcentaje a cobrar es del 50% de la base reguladora". Son palabras, "con la ley en la mano", del abogado zaragozano Alejandro Navarro. 

Una afirmación que, "a pesar de lo que pueda parecer", no quiere decir que se pueda cobrar trabajando, por ejemplo, de los 20 a los 35 años, puesto que, "para empezar" los dos últimos años de esos 15 deben ser anteriores a la fecha de jubilación, es decir, la edad laboral del interesado y la cantidad que le correspondería no llegaría ni a la cifra fijada anualmente como pensión mínima.

Entonces, ¿por qué hay que trabajar hasta los 67 años y no hasta los 65 como antes para cobrar una jubilación si con 15 años trabajados ya se puede acceder a una pensión? 

La cuestión es lograr cobrar el 100% de la pensión correspondiente, lo que actualmente depende de dos variables: la edad y el número de años cotizados. Desde el año 2013 se retrasa paulatinamente la edad y se eleva el mínimo de años cotizados.

¿Cuándo me puedo jubilar con el 100%? Opciones de jubilación

Según la tabla de la Seguridad Social, en 2022 la edad de jubilación en España es de 66 años y 2 meses. Pero este año, si el interesado tiene más de 37 años trabajados y 6 meses, podrá acceder al 100% de la pensión a los 65 años. 

Esto cambiará, no obstante, en 2023, año en el que se contempla una progresiva subida de los tiempos: entonces serán 37 años y 9 meses o más los cotizados de manera obligada para disfrutar de una jubilación con el 100% a los 65 años. El incremento de tiempos concluye en 2027, con la fecha de finalización de las reformas de la ley 27/ 2011. Entonces serán 38 años y 6 meses o más los trabajados para jubilarse con 65 años o con 67 años ese mismo periodo cotizado. 

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