coronavirus

Se amplía la cobertura de la línea de avales del ICO para empresas

Empresas y autónomos pueden solicitarlos desde el 6 de abril para hacer frente a sus necesidades de liquidez por el impacto de la crisis del coronavirus.

Madrid, 05 abr. (COLPISA, José M. Camarero)
Rueda de prensa tras reunión del Consejo de Ministros
Rueda de prensa tras reunión del Consejo de Ministros
EFE

Una de las primeras medidas que abordó el Gobierno para amortiguar la crisis del coronavirus comenzó a funcionar el 6 de abril. Es la línea de avales habilitada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, destinada a facilitar la liquidez de autónomos, pymes y empresas y que garantiza operaciones concedidas desde el 18 de marzo.

En el Consejo de Ministros del 21 de abril se amplió la cobertura de la línea de avales del ICO. Para cubrir no solo aquellos créditos que sean canalizados a través del sistema bancario sino también el sistema de financiación basado en pagarés del mercado alternativo de renta fija, fomentando así el mantenimiento de las líneas de financiación empresariales que se producen a través de los mercados de capitales y se aumenta la capacidad de las sociedades de garantía recíproca de la comunidades autónomas mediante un refuerzo de los reavales concedidos por la Compañía Española de Refianzamiento SA, (CERSA).

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) y la banca han suscrito los convenios de colaboración por lo que los posibles beneficiarios podrán comenzar a ponerse en contacto con sus respectivas entidades para solicitar los créditos respaldados por el Estado.

El primer tramo de esta línea tiene un importe de 20.000 millones de euros, de los cuales el 50% se reserva para garantizar préstamos de autónomos y pymes. La idea es que el ICO garantice los nuevos préstamos y las renovaciones concedidos por bancos a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias. Pero no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto.

El decreto aclara que "los costes de los nuevos préstamos y las renovaciones se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio de la crisis del COVID-19". Y, como en otras ocasiones, serán los bancos los que tengan la última palabra sobre la concesión de los créditos en función de los riesgos asumidos.

Las entidades financieras deberán mantener abiertas las líneas de circulante de sus clientes hasta el 30 de septiembre. Quedan excluidas las unificaciones y reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.

La actualidad del Covid-19, minuto a minuto.

Toda la información sobre el coronavirus, en HERALDO.

Apúntate a nuestro boletín y recibe en tu correo las últimas noticias, claves y datos sobre el coronavirus.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión