economía

¿Quién tiene que hacer la declaración de la Renta desde el 1 de abril de 2020?

La Agencia Tributaria mantiene los plazos de la campaña en pleno estado de alarma. Comienza por internet el 1 de abril, con todas sus oficinas cerradas por el coronavirus, y finaliza el 30 de junio.

Delegación de la Agencia Tributaria en Aragón.
Delegación de la Agencia Tributaria en Aragón.
Toni Galán

La Agencia Tributaria ha mantenido hasta la fecha los plazos de la campaña de Renta, que se inicia este miércoles, 1 de abril, solo por internet, como otros años, pero con la particularidad de que este se encuentran todas sus oficinas cerradas tras la declaración del estado de alarma para combatir el contagio del coronavirus. 

El Gobierno ha suspendido los plazos administrativos durante la situación excepcional actual, pero no se aplica a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias como el caso del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF), según ha señalado Hacienda.

Están obligadas a presentar la declaración de la Renta por los ingresos que obtuvieron en  2019 aquellas personas que trabajaron solo en una empresa (o tuvieron un solo pagador) y cobraron más de 22.000 euros brutos en el ejercicio.

En el caso de que se cuente con dos pagadores (por empleo, una empresa y el desempleo), el límite, en general, se sitúa en 14.000 euros. También cuando perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas; cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener y cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

Teléfonos de ayuda

Las oficinas de la Agencia Tributaria permanecen cerradas. Si el contribuyente tenía una cita pendiente "podrá obtener más adelante una nueva cita", han explicado desde la AEAT. Se pueden consultar dudas en la página web (www.agenciatributaria.es) y en los teléfonos 901 33 55 33 y 91 554 87 70.

Está disponible el 91 553 68 01 para asistencia e información recaudatoria sobre deudas, pagos, apremios, embargos y aplazamientos (de lunes a viernes y de 9.00 a 14.00).

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