tribunales

Condenado a 14 años de prisión por abusar de una chica discapacitada de 13 en Zaragoza

El acusado, 42 años mayor que la víctima y que sabía de sus limitaciones intelectuales, ha agravado aún más su desarrollo. 

Jesús Giménez Oliver lo negó todo durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza.
Jesús Giménez Oliver lo negó todo durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza.
Francisco Jiménez

La Audiencia de Zaragoza acaba de castigar con 14 años de cárcel la falta de escrúpulos que Jesús Giménez Oliver demostró al aprovecharse sexualmente de una niña con un 47% de discapacidad intelectual a la que cuadruplicaba con creces la edad. El tribunal recuerda que los hechos se produjeron en la segunda mitad de 2020, pero no ha podido cifrar cuántas fueron las veces que el acusado, de 55 años, se prevalió de su superioridad y de la enorme vulnerabilidad de la víctima, de 13 años, para conseguir satisfacción sexual. 

Sin embargo, los magistrados dejan patente en su sentencia que tras un primer encuentro al que la chica acudió engañada –el hombre le ofreció dinero por limpiar su casa y una vez allí le pidió favores sexuales–, se produjeron más citas. Y siempre a instancia del procesado, que mediante insistentes llamadas telefónicas –muchas con número oculto, para no dejar rastro– o a través de mensajes de Whatsapp lograba doblegar la voluntad de la menor a cambio de dinero o drogas.

Jesús Giménez aprovechó su declaración en el juicio para negarlo absolutamente todo y acusar a la chica de mentir. «No pasó nada jamás», manifestó ante el tribunal. Lo máximo que admitió el encausado fue que propuso pagar a la víctima por ir a «fregar» a su casa un par de veces por semana. «Pero me dijo que no y no llegó a venir nunca», reiteró. La defensa, a cargo del letrado Ignacio Loyola Rada, cuestionó también la credibilidad de la menor, quien ­–como recordó esta parte– ya denunció en su día a otro varón por presuntos abusos, resultando este finalmente absuelto.

Para la Sección Sexta de la Audiencia, ninguna relación cabe establecer entre lo ocurrido entonces y el caso ahora enjuiciado. Aclara, además, que «en modo alguno se ha probado de manera suficiente que dicha denuncia –la primera– fuera falsa, como alega la defensa del procesado».

A la hora de condenar al acusado, el tribunal considera esencial la declaración de la víctima, quien, como precisa en el fallo, «sufre un trastorno de alteración de la conducta, posee baja inteligencia y tiene un entorno socio-familiar distócico». Pese a ello, los magistrados aseguran que el relato de la menor fue coherente y detallado, «expresando los datos necesarios para entenderla veraz, sin que se aprecien motivos espurios que pudieran afectar a su credibilidad».

Más allá de las explicaciones de la denunciante, el tribunal se apoya en los informes emitidos por una educadora social de la comarca zaragozana donde residen víctima y acusado, una psiquiatra del Servicio Aragonés de la Salud y dos psicólogas del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA). Todas estas especialistas comparecieron en la vista y coincidieron en su diagnóstico sobre la enorme vulnerabilidad de la menor, así como en la consistencia de su relato. Las doctoras del IMLA fueron más allá al explicar que los graves hechos por los que ahora se ha condenado al procesado habrían agravado los problemas de socialización y las limitaciones en el desarrollo moral que arrastra.

Como pedía la acusación particular, que ejerce el abogado Enrico Brusaterra, además de por el delito continuado de abusos sexuales, el tribunal condena a Jesús Giménez por otro de prostitución y corrupción de menores. Lo hace porque el encausado pagó a la víctima por mantener sexo con ella, aunque no ha quedado acreditado que este le propusiera vender también su cuerpo a otros hombres.

Contra esta sentencia cabe todavía recurso ante el TSJA.