tribunales

Un año de prisión y multa por abusar de una mujer en el tranvía de Zaragoza

El acusado admite que se acercó a ella de manera obscena, la agarró de la cintura en el trayecto
y le hizo proposiciones.

Un momento del juicio celebrado ayer en la Audiencia de Zaragoza contra Ali B. K.
Un momento del juicio celebrado ayer en la Audiencia de Zaragoza contra Ali B. K.
FRANCISCO JIMENEZ

Un hombre que durante un trayecto en el tranvía de Zaragoza abusó sexualmente de una pasajera será condenado a un año de cárcel y al pago de una indemnización de 500 euros. El acusado, Ali B. K., reconoció ayer en la Audiencia Provincial de Zaragoza los hechos, parte de los cuales fueron grabados por las cámaras de seguridad del convoy. 

Las imágenes respaldaron la denuncia de la mujer, que aseguró que, el 17 de julio de 2022, sobre las 13.15, un varón se subió al tranvía en la plaza de Aragón y se acercó a ella de forma obscena, se le insinuó y le ofreció una cadena a cambio de que se fuera con él, al tiempo que le decía «me gusta tu culo». Acto seguido, comenzó a darle besos en los hombros y agarrarla por la cintura.

Como recoge la Fiscalía en su escrito, todo lo hizo con intención de satisfacer sus instintos sexuales e incomodó a la mujer, que le recriminó su actitud y terminó bajándose del tranvía en César Augusto, una parada que no era su destino. Ali B. K. no cejó en su intento y bajó tras ella, se acercó y la cogió de las caderas, acción que presenció el interventor, quien ayudó a la mujer al tiempo que llamaba a la Policía. El acosador aprovechó para marcharse del lugar, aunque fue localizado minutos después por los agentes.

Aunque en un principio Ali B. K. negaba los hechos y su defensa solicitaba la absolución, ayer llegó a un acuerdo con la Fiscalía, que rebajó su petición de condena de un año y tres meses a un año y el acusado optó por reconocerlos y aceptar la pena como autor de un delito de abuso sexual.

El Ministerio Público también pedía la sustitución de la pena por la expulsión del encausado durante un periodo de cinco años, ya que está en situación administrativa irregular en España, carece de arraigo y tiene tres antecedentes policiales, pero finalmente, tras el acuerdo, se descartó.

La condena de prisión lleva aparejada una accesoria de libertad vigilada y la inhabilitación por un periodo de tres años para cualquier profesión, sea no o retribuida, que suponga un contacto regular y directo con menores de edad, novedad introducida en la nueva Ley de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como ‘ley del solo sí es sí’, y que se aplica en todas las condenas por delitos sexuales, independientemente de que las víctimas sean o no menores de edad.

Además, en el caso de Ali B. K. se ha aplicado la anterior redacción del Código Penal al ser más favorable para él y porque era la que estaba vigente en el momento de cometer los abusos. En la actual ley ya no existe el delito de abusos sexuales, puesto que considera que cualquier acto que atente contra la libertad o indemnidad sexual de una persona realizado sin su consentimiento es constitutivo de un delito de agresión sexual castigado con penas de uno a cuatro años.

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