Denuncian una"publicidad sexista" en taxis de Zaragoza y el Ayuntamiento pide quitarla

FABZ y UCAragón presentarán una queja al Observatorio de la Imagen de las Mujeres para denunciar esta situación. Desde el Ayuntamiento se ha pedido la retirada inmediata de tales anuncios.  

Imagen publicada por UCAragón en sus redes sociales
Imagen publicada por UCAragón en sus redes sociales
UCAragón

La Federación de Asociaciones de Barrios de Zaragoza (FABZ) y Unión de Consumidores de Aragón (UCAragón) han publicado un comunicado en el que "condenamos el uso de un transporte público como el taxi para la exposición de publicidad de establecimientos donde se mercadea con mujeres". Desde las ambas entidades aseguran que "la publicidad de este tipo de establecimientos contraviene la ordenanza de este servicio público".

Así, han decidido presentar una queja al Observatorio de la Imagen de las Mujeres para denunciar esta situación.

Se apoyan en el artículo 32 del Reglamento Municipal del Servicio Urbano del Taxi de Zaragoza, según el cual queda prohibida toda publicidad que incite o estimule la práctica del juego o las apuestas, así como la publicidad sexista o que atente contra los derechos de las personas.

Señalan además algunos puntos de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como 'sí es sí', que señalan la ilegalidad de esta práctica. Apuntan al artículo 11 de prevención y sensibilización en el ámbito publicitario, que establece: 

  1. Se considerará ilícita la publicidad que utilice estereotipos de género que fomenten o normalicen las violencias sexuales contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, así como las que supongan promoción de la prostitución en los términos establecidos en la Ley 34/1998, de 11 de noviembre, General de Publicidad. 
  2. Las administraciones públicas promoverán la adopción de acuerdos de autorregulación con las asociaciones del ámbito publicitario, con el fin de garantizar que la prevención de las violencias sexuales se integre como uno de los objetivos de los códigos de conducta publicitaria. A efectos de lo anterior, se promoverá que las plantillas de las empresas de este sector reciban formación sobre esta materia. 
  3. Las administraciones educativas competentes y las universidades impulsarán la inclusión, en los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos universitarios o títulos de formación profesional oficiales relacionados con la publicidad, de contenidos dirigidos a la prevención, sensibilización y formación en materia de violencias sexuales. Se prestará particular atención a los estereotipos de género”

Además, explican que en la ley 34/1988 General de Publicidad, de 11 de noviembre, en su artículo 3 referido a la publicidad ilícita, se establece que: "Es ilícita: a) La publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución Española".

Respuesta del Ayuntamiento de Zaragoza

Fuentes municipales han informado de que este mismo jueves por la mañana se ha requerido por escrito al presidente de la Asociación Provincial del Autotaxi para que realice “las gestiones necesarias con los titulares de los vehículos que portan dicha publicidad sexista para que sea retirada inmediatamente”.

Asimismo, las citadas fuentes recuerdan que dicha publicidad contraviene el artículo 32 del Reglamento Municipal del Taxi de Zaragoza, que prohíbe expresamente toda publicidad sexista o que atente contra los derechos de las personas. Estos extremos también se recogen tanto en la Ley Aragonesa del Taxi (artículo 19) como en la Ley General de Publicidad (artículo 3).

El Ayuntamiento de Zaragoza lamenta estos hechos, aunque destaca que se trata de casos muy concretos que no deben empañar la imagen del sector.

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