La Junta Electoral rechaza el recurso del PSOE y permite que el Zaragoza Florece se celebre el último fin se semana de mayo

Los socialistas, que consideran que el evento podría afectar al proceso electoral, anuncian que presentarán un recurso.

Miles de zaragozanos apuran las últimas horas del Zaragoza Florece en un parque Grande a rebosar.
Foto de archivo de Zaragoza Florece en el parque Grande a rebosar.
Toni Galan

La Junta Electoral de Zona de Zaragoza ha rechazado este martes por unanimidad el recurso presentado por el PSOE contra la celebración en la capital aragonesa de la tercera edición del festival Zaragoza Florece al considerar que no contraviene la Ley Electoral. El Tribunal sostiene que este tipo de actos se pueden organizar siempre y cuando no se haga referencia a los logros del gobierno ni se induzca al voto de los electores. Los socialistas han anunciado que presentarán recurso a la decisión.

El PSOE había denunciado ante la Junta la celebración de los actos organizados por el Ayuntamiento de Zaragoza el próximo 27 de mayo, jornada de reflexión en la víspera de las elecciones autonómicas y locales que se celebrarán un día después, el 28 de mayo.

Esta formación política consideró que la decisión de organizar este evento en esas fechas iba a suponer un “mayor esfuerzo organizativo” para la Policía, además de que podría utilizarse con fines partidistas. También sostenía el PSOE que en 2021 se programó el 4 y 6 de junio, por lo que consideró que se podía celebrar en otro momento, una vez pasadas las elecciones.

Pero la Junta Electoral da por buena la justificación del Ayuntamiento, que dice que en 2021 la celebración en junio se explica por unas obras en el Parque Grande. La junta recuerda que se trata de “un evento con implicaciones profesionales, económicas y lúdicas”, por lo que si no se hacen alusiones a los logros del gobierno o se induzca “directa o indirectamente, mediata o inmediatamente, el sentido del voto de los electores. Subraya que ese debe ser “un deber de garantía del principio de neutralidad política de la administración que lo organiza”.

La Junta electoral recuerda la normativa y dice que “aunque la ley electoral si prohíbe en este periodo cualquier inauguración de obras o servicios o proyectos públicos” y asume que habrá un mayor esfuerzo de la Policía, tumba el recurso

En este sentido, no considera incluidas en la prohibición establecida en el artículo 50.3 de la LOREG “las inauguraciones institucionales por autoridades de eventos de carácter comercial, industrial, profesional, económico, cultural, deportivo o lúdico, tales como congresos, ferias de muestras, festivales o fiestas populares que se celebran de forma regular y periódica en fechas coincidentes con un periodo electoral".

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