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Absuelven a un discapacitado juzgado por presuntos abusos sexuales al menor que lo cuidaba en Zaragoza

Las contradicciones del denunciante, de 16 años, y el estado físico del acusado hacen dudar de que cometiera el delito.

El juicio se celebró en la ciudad de la Justicia
El juicio se celebró en la ciudad de la Justicia
Oliver Duch

Un hombre de 71 años, con un grado II de dependencia, un 75% de discapacidad y la necesidad de una tercera persona para los actos más elementales de la vida, ha sido absuelto del delito de abuso sexual que le atribuía un adolescente de 16 años que trabajó para él como asistente durante cuatro días. El acusado se enfrentaba a penas de entre tres años y medio de cárcel, que pedía la Fiscalía, y cuatro y medio que solicitaba la acusación.

La titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Zaragoza considera que la versión del acusado, que en todo momento negó los hechos, no ha sido desvirtuada por ninguna de las pruebas practicadas en el juicio, como planteó el abogado defensor, Alejandro Aldea. La sentencia recoge que las contradicciones e incoherencias del denunciante y las condiciones físicas del acusado, avaladas por informes y pruebas médicas, no le han permitido alcanzar la convicción, sin lugar a dudas, de que el hombre cometiera tal delito.

La denuncia fue interpuesta en 2018. En esos momentos, el acusado padecía numerosas patologías tales como obesidad mórbida (pesaba 140 kilos), diabetes, ictus de repetición, fracturas en las muñecas, muchos problemas de movilidad en los hombros y para desplazarse. Para salir a la calle debía usar silla eléctrica y en su casa tenía una de ruedas para desplazarse, pero con dificultades. 

Durante su declaración en el juicio el acusado negó los hechos y explicó que no puede levantarse con normalidad, no se mantiene de pie, no tiene estabilidad, no puede vestirse ni desnudarse, tiene necrosis en los hombros y se desplaza en silla de ruedas, y que en casa no puede ir con ella porque no cabe y  solo puede dar tres pasos por el pasillo y de hecho, recibe a los asistentes en la cama.

Su condición física le obligaba a contratar a personas que se ocuparan del cuidado de la casa y atención personal y había tenido como asistentes a chicos jóvenes que le ayudaban a vestirse y desnudarse, en las tareas domésticas o a las gestiones con bancos y citas médicas. 

En marzo de 2018, el denunciante , que estaba a punto de cumplir 17 años, se anunció en internet para cuidar personas. El hombre contactó con él y, tras una primera cita en la que le explicó las tareas y el precio a cobrar, el menor acudió cuatro días de manera intermitente. El último de ellos, el acusado le dijo que buscara una receta en el ordenador y, según el joven, vio unas fotos pornográficas de menores. Además  aseguró que lo amenazó para que entrara en su cuarto, le hizo tocamientos y lo obligó a masturbarle, episodio que para la juez no ha quedado en absoluto acreditado. Lo que sí da por probado es que el acusado no puede tener ni mantener erección alguna ni eyacular.

El fallo repasa minuciosamente el testimonio del menor en el juicio y aprecia una decena de contradicciones sobre los hechos relatados. Refleja las declaraciones de cinco testigos, todos ellos jóvenes de entre 18 y 21 años que habían trabajado como asistentes del denunciado, y resalta que todos coincidieron al narrar la situación física y las limitaciones que padece para caminar y mover los brazos. 

Los testigos coincidieron al contar que el acusado nunca se les insinuó ni tuvieron problemas en este aspecto, y nunca vieron pornografía ni fotos de contenido sexual en su casa. El acusado se sometió a unas pruebas en la clínica Boston Medical Group que concluyeron que padecía el nivel más avanzado de disfunción eréctil.

Por otro lado, aunque la magistrada no pone en duda que el joven fue diagnosticado de estrés postraumático con ánimo depresivo, afirma que la existencia del trastorno es insuficiente por sí sola para acreditar la comisión del delito, “máxime si se tiene en cuenta que tres meses después de ocurrir los hechos, la víctima ni siquiera había visitado al médico de atención primaria”. Destaca, además, que llevaba una vida normal, con una actitud relajada y desinhibida, "lejos de la situación que describieron las peritos" en el juicio. La sentencia puede ser recurrida. 

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