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Una juez de Zaragoza no ve delito en las quemaduras que causó una esteticista a dos clientas

Las mujeres acabaron en urgencias, donde les diagnosticaron quemaduras de primer y segundo grado.

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Imagen de archivo de una depilación láser.
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La titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Zaragoza ha acordado el archivo de la causa penal abierta contra una esteticista por las quemaduras que sufrieron dos clientas durante sendas sesiones de depilación láser. Las dos mujeres fueron atendidas por la misma empleada, que prestaba sus servicios en un centro estético de la capital aragonesa. De hecho, el dueño también fue investigado como posible responsable civil subsidiario.

Como recuerda ahora la juez en su auto de archivo y sobreseimiento provisional, los casos de ambas clientas se produjeron en las mismas fechas y fueron prácticamente idénticos. Las dos mujeres acudieron al mismo centro de belleza para depilarse las piernas mediante láser. Y ambas  acabaron sufriendo escozores, heridas y marcas en los muslos.

Las dos clientas tuvieron que pasar por urgencias, donde vieron que tenían quemaduras de primer y segundo grado. Los forenses confirmaron después el diagnóstico y estimaron en tres meses el tiempo de recuperación, sin que estas lesiones resultaran impeditivas para su actividad habitual. «Las denunciantes presentaban como secuelas zonas de piel hipercrónicas en ambos muslos y durante un año no podían exponerse al sol», recuerda en su escrito la magistrada.

No fue necesario tratamiento médico o cirugía

Los abogados de ambas mujeres entendían que sus representadas habían sido víctimas de un delito de lesiones por imprudencia, que conlleva penas de prisión y multa. Sin embargo, tal y como planteaba la defensa, a cargo de la letrada Carmen Sánchez, la instructora de la causa considera que solo cabe su archivo, ya que el artículo 147 del Código Penal establece que la lesión «debe precisar de tratamiento médico o quirúrgico». Y ambas mujeres necesitaron de una única asistencia médica con tratamiento farmacológico tópico.

Contra la decisión de la juez, todavía cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Zaragoza. La magistrada recuerda también en su auto que el sobreseimiento por la vía penal no impide que las denunciantes puedan reclamar por la civil una indemnización por los daños sufridos.

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