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El TSJA absuelve ahora al condenado por violar a una menor con Asperger en Zaragoza

Los magistrados dudan sobre si hubo o no consentimiento por parte de la chica, de 17 años, y no consideran probado que el acusado, de 37 años, fuera consciente o se aprovechara de sus limitaciones psicológicas. 

El adolescente detenido observaba y localizaba a sus posibles víctimas, todas ellas menores de edad, en el parque de la Aljafería.
Imagen de archivo del parque de La Aljafería.
HA

El Tribunal Superior de Justicia  de Aragón (TSJA) acaba de declarar nula la sentencia por la que la Audiencia de Zaragoza condenó en octubre a Jaouad Garmal por la violación de una menor con síndrome Asperger. El acusado, de 37 años, negó haber mantenido ningún tipo de contacto sexual con la chica, de 17 años, pero las pruebas de ADN demostraron lo contrario. Aquello resultó decisivo para el primer tribunal, que impuso al agresor una pena de siete años de prisión y otros seis de libertad vigilada. Sin embargo, las supuestas contradicciones de la víctima durante su declaración en el juicio y las dudas sobre el consentimiento llevaron a la defensa, a cargo del letrado Ignacio Sarraseca Pueyo, a impugnar el fallo. Y la Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha acabado absolviendo a su cliente.

El apartado de hechos probados de la nueva sentencia no varía en cuanto al contexto general.De hecho, confirma que el encuentro entre encausado y denunciante    se produjo entrada la noche del 3 de marzo de 2018 junto al parque de La Aljafería, después de que la menor –que tiene reconocida una minusvalía del 56%– discutiera con sus padres y, enfadada, decidiera marcharse. La Sección Primera de la Audiencia Provincial entendió que, al verla, Jaouad Garmal se percató enseguida de su vulnerabilidad y limitaciones psicológicas, de lo que decidió aprovecharse para satisfacer sus deseos sexuales. Pero no lo interpreta del mismo modo el TSJA, que corrige ahora la primera resolución y dice que no ha quedado acreditado que el hombre llegara a ser consciente de tales limitaciones.

«No se infiere que una persona extranjera, cuyo idioma materno no es el español y que solo estuvo con ella unas horas, pudieran claramente percibir que se trataba de una persona vulnerable y decidiera aprovecharse de esta circunstancia», apunta la nueva sentencia.

No hay signos de violencia

En las dos sentencias se deja sentado que el acusado y la chica no se conocían de nada, así como que tras permanecer un rato en el parque ambos se fueron juntos al domicilio del primero. En lo que discrepan la Audiencia y el TSJA es sobre lo ocurrido dentro de la vivienda, ya que mientras la primera consideró probado que el hombre penetró a la víctima sin su consentimiento, el segundo no lo tiene tan claro.

«Él le bajó los pantalones hasta cinco veces consecutivas y ella se los volvió a subir», indicaba, como prueba de la negativa de la víctima, la primera sentencia. Sin embargo, a la hora de invalidarla, el tribunal presidido por Fernando Zubiri confirma que se produjo una penetración «sin que se haya determinado si ella consintió esta conducta o expresó su negativa a aceptarla». Recuerda además el TSJAque los forenses hablaron de    erosiones en los genitales de la menor, pero no de indicios de agresión. Y tampoco en las ropas que vestía la chica se apreciaron signos de violencia.

El acusado podía mentir

Tampoco han pasado por alto los magistrados que, al abandonar el piso del investigado, una cámara grabó a este y a la denunciante caminando juntos de la mano de regreso al parque de La Aljafería  «sin que se aprecie forzamiento alguno sobre la voluntad de la menor».

Lo que sí tienen claro tanto la Audiencia de Zaragoza como el Tribunal Superior es que el acusado mintió, ya que negó las relaciones sexuales y el laboratorio halló espermatozoides con su ADN en las muestras que se tomaron a la denunciante. A este respecto, el TSJA recuerda ahora que el encausado «tiene derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable». «No se le exige juramento o promesa de decir verdad», concluye.

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