zaragoza

Condenado un hombre de 78 años por abusar de una chica de 12 en el karting de La Muela

El dueño del circuito alegó que solo fue "cariñoso" con la menor, a la que se llevó a un almacén y besó en cara y cuello.

El acusado, durante el juicio celebrado a finales de abril en la Audiencia de Zaragoza.
El acusado, durante el juicio celebrado a finales de abril en la Audiencia de Zaragoza.
Heraldo.es

La Audiencia Provincial ha decidido condenar a dos años de prisión a Francisco A. P. como autor de los abusos sexuales a los que sometió a una menor cuando esta acudió con unos amigos al karting del polígono Centrovía de La Muela, del que el acusado era y sigue siendo propietario. Durante el juicio, el empresario, de 78 años, negó que se aprovechara de la chica, de 12, y alegó en su defensa que siempre es "cariñoso" con todo el mundo.

Sin embargo, tras casi tres meses de deliberaciones, el tribunal de la Sección Sexta ha entendido que los abrazos y los besos que el acusado dispensó a la niña en el rostro y el cuello en un almacén oscuro fueron algo más que un gesto amable. De ahí que le imponga la pena de prisión -que en principio no tendrá que cumplir, puesto que no tiene antecedentes y podrá pedir la suspensión- y las costas del procedimiento. En este caso, no se obliga al abusador a indemnizar a la víctima porque su familia no lo solicitó. 

Los hechos se remontan al 28 de diciembre de 2016, fecha en la que un grupo de chavales del centro de juventud de Miralbueno y dos monitoras programaron una visita al kartódromo. Durante su declaración en la vista, la menor explicó que conocía al dueño del circuito de cuando fue a montarse a los karts con su padre y su tío. "Estaba en la zona del bar con mis amigos y me pareció que este hombre me buscaba con la mirada. Pensé que se acordaba de mí y le devolví el saludo", contó la denunciante. Según esta, a partir de ese momento, el encausado comenzó a mostrarse "excesivamente" amable con ella.

La única chica del grupo

En el apartado de hechos probados, la sentencia explica que el dueño de las instalaciones se acercó a la chica "guiado por un evidente ánimo libidinoso" y le dijo que era "muy guapa y muy maja". Acto seguido, el hombre invitó a la menor a hacer una visita al resto del circuito, a los que ella "inocentemente" accedió.

El grupo de amigos lo integraban 17 chavales, todos varones menos la víctima. Y fue precisamente a esta a la que el encausado propuso recorrer con él el karting en un gesto "aparentemente amable". Sin embargo, cuando el hombre se vio a solas con la niña en un almacén, "cerró la puerta y estando casi a oscuras le dio varios abrazos y varios besos en la cara y en el cuello".

El "inesperado" comportamiento del acusado cogió por sorpresa a la chica, que reaccionó dando un empujón al hombre para quitárselo de encima. Según recoge la sentencia, justo en ese momento apareció allí la hija de Francisco A. P., "lo cual supuso un contratiempo en las intenciones del acusado, ya que tuvieron que salir afuera".

Recuerdan los magistrados que, pese a todo, el hombre insistió en seguir mostrando las instalaciones a la menor, "negándose ya en redondo la joven, alegando que las dos monitoras estarían preocupadas por su ausencia".

Para el tribunal, el relato de la denunciante reúne los tres requisitos exigidos para enervar el principio de presunción de inocencia. Por un lado, descarta que hubiera un sentimiento de enemistad de la chica hacia el encausado, puesto que "no se conocían siquiera antes del incidente". Por otro, las dos monitoras que acompañaban al grupo del centro de juventud confirmaron durante el juicio que la chica les contó que el hombre había estado "muy pesado" y que se sentía "agobiada y cohibida". Hecho que daría también verosimilitud a la versión de la menor, "que fue siempre igual tanto en la denuncia inicial como en la fase sumarial". Por último, la Sala recuerda que el propio acusado reconoció en la vista oral que bajó a las estancias interiores del recinto con la víctima.

La defensa, a cargo del letrado Rafael Ariza, ya ha anunciado su intención de recurrir el fallo.

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