El alcalde Santisteve desoye los argumentos del informe jurídico que apoyan mantener el litigio

El letrado municipal dice que es "improcedente" aceptar el fallo del TSJA que anula tres cláusulas del concurso del bus.

El alcalde de Zaragoza, Pedro Santisteve, visitó el centro de servicios sociales del barrio de San Pablo, donde restó relevancia a la sentencia que anula parcialmente los pliegos del concurso del bus.
El alcalde de Zaragoza, Pedro Santisteve, visitó el centro de servicios sociales del barrio de San Pablo, donde restó relevancia a la sentencia que anula parcialmente los pliegos del concurso del bus.

Con su decisión de no recurrir la sentencia del TSJA que anula tres cláusulas de los pliegos del concurso del bus urbano, el alcalde de Zaragoza, Pedro Santisteve, y su gobierno de ZEC desoyen los argumentos de un informe firmado por el letrado municipal Carlos Navarro del Cacho que considera "improcedente" no conocer el criterio del Alto Tribunal. Es más, dice que a su juicio que la sentencia "no tiene acomodo en el ordenamiento" jurídico.


Estos son dos aspectos recogidos en el documento, que se firmó el 29 de julio y que pone en duda los argumentos "singulares o novedosos" de la sentencia que ha puesto en jaque la contrata del bus urbano de Zaragoza. Pese al criterio del letrado, el gobierno municipal ha insistido en los últimos días en que el fallo judicial "ratifica" su posición de que existe "un trato de favor" a las grandes empresas en concursos públicos como el que supuso la adjudicación a Auzsa de la concesión del bus urbano en 2013.


Este tipo de informes, según explicó el gobierno municipal, se redactan de oficio para valorar las consecuencias que pueda tener un fallo judicial. Tal y como dice el alcalde Santisteve se trata de una sentencia que "si fuera firme, debiera ser declarada de cumplimiento legalmente imposible".


Además, señala que las posibles indemnizaciones deberían corresponder a la Sociedad Cooperativa Urbana de Trabajadores, que fue la que impulsó el pleito contra el concurso del bus. Apunta, como insistió ayer el concejal de Hacienda, Fernando Rivarés, que solo podrían corresponder a las costas procesales o a los daños morales por la imposible ejecución de la sentencia. Sin descartar consecuencias indemnizatorias, este no es el escenario más probable, según su criterio.


Pero eso no significa que los servicios jurídicos consideren que no se debe recurrir, como defiende el gobierno de ZEC. Ni siquiera por las escasas posibilidades de éxito que tienen las casaciones ante el Supremo, como reiteró Fernando Rivarés.


No en vano, la norma habitual de las administraciones públicas es recurrir sentencias desfavorables como la de Auzsa, y solo se justifica desistir del proceso en los casos justificados, por ejemplo por los costes económicos derivados del alargamiento de un proceso judicial condenado al fracaso.


En este informe, el letrado analiza las causas por las que el TSJA anula las tres cláusulas del concurso público del bus urbano. Hay que recordar que el TSJA dictaminó que Tuzsa tenía "una posición de ventaja" en el concurso y anuló tres cláusulas: la obligación de ser una sociedad anónima, la que exigía experiencia en la gestión de autobuses urbanos y la de solvencia.


Respecto a la solvencia técnica, el letrado cree que la experiencia es "un requisito indispensable" en este tipo de concursos y considera que el TSJA comete "un error". "La opinión de la Sala sobre la solvencia técnica, no excesivamente meditada (...) pudiera parecer improcedente aceptarla sin acceder al criterio del Tribunal Supremo".


También aborda la cuestión de la solvencia económica. "Si creemos que la opinión de la Sala de Aragón sobre la cláusula que contempla la solvencia técnica no obtiene el debido acomodo al ordenamiento, todavía lo obtendría en menor medida (...) la que muestra sobre la solvencia económica", expone. Por último, respalda la exigencia de que la adjudicataria se constituya como sociedad anónima tras la adjudicación. El letrado cree que no es algo "desproporcionado".


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