Seis meses de prisión por no dar fiesta semanal a tres pastores

La Audiencia condena a dos ganaderos por delito contra los derechos de los trabajadores y los absuelve de otro contra la salud.

Aurelio y Pedro Antonio Sahún, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial.
Aurelio y Pedro Antonio Sahún, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial.
Oliver Duch

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha impuesto una pena de seis meses de prisión y una multa de 1.800 euros a dos ganaderos de Torres de Berrellén por no dar fiesta semanal a tres pastores que tenían contratados. La sentencia les obliga además a indemnizarles con cantidades que suman unos 30.000 euros. El tribunal de la Sección Primera –integrado por los magistrados Julio Arenere, Juan Alberto Belloch y Esperanza de Pedro– les absuelve, no obstante, del delito contra la salud de los trabajadores que también les atribuía la acusación particular, pues no ha quedado acreditado que determinados incumplimientos de la normativa de prevención de riesgos laborales les causara algún perjuicio físico.


El fallo –del que ha sido ponente Esperanza de Pedro– ha tenido un voto particular del presidente, Julio Arenere, ya que estima que los hechos no constituyen ningún delito. En todo caso, dice, serían una infracción de carácter administrativo y, por lo tanto, deberían haber sido absueltos de todas las acusaciones.


En su relato de hechos probados, el tribunal recoge que los ganaderos Aurelio y Pedro Antonio Sahún contrataron a Mouloud A. a finales de 2007, a Tayeb G. en 2008 y a Rachid B. en 2012. Los contratos de los dos primeros devinieron en indefinidos y el del tercero fue temporal. Los tres están despedidos ahora tras haberse formalizado un ERE en 2015.


Según los magistrados, los trabajadores no disfrutaban del preceptivo descanso semanal y aunque los acusados negaron este extremo y explicaron que los pastores se turnaban entre ellos para librar, han dado más credibilidad a los denunciantes y a testigos que presentaron. Los trabajadores también dijeron al principio que no tenían vacaciones, pero luego se demostró que les daban 30 días al año, tiempo que aprovechaban para viajar a Marruecos. Para el tribunal, los acusados "abusaron" de la situación de necesidad de los denunciantes, por ser inmigrantes, carecer de instrucción y necesitar el permiso de residencia.


Por otro lado, para los magistrados no ha quedado probado que los acusados impusieran a los pastores vivir en la paridera y afirman que lo hacían de forma gratuita y con el consentimiento de los dueños. Tampoco está demostrado que hiciesen una jornada superior a la legalmente establecida.


Los ganaderos sí pudieron probar en el juicio que por su trabajo específico de pastores los denunciantes solo conducían el ganado y no participaban en otras actividades , por lo que el riesgo al que estaban expuestos era de carácter leve o trivial. Así se demostró con las evaluaciones de riesgos laborales efectuadas por el graduado social Javier Lázaro, en las que se cuestionaron las bajas laborales de 16 meses de Mouloud y la de 7 meses de Rachid.

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