Pinilla no logra que la Audiencia le devuelva 50.000 € de su fianza porque el dinero no es suyo

El tribunal argumenta que los 800.000 euros que prestó para salir de la cárcel son de cuatro fiadores.

María Victoria Pinilla no podrá contar con 50.000 euros para pagar las minutas de su abogado y su procurador. La exalcaldesa de La Muela esperaba que la Audiencia Provincial le entregara esa cantidad detrayéndola de la fianza de 800.000 euros que depositó en julio de 2009 para poder salir de la cárcel de Zuera, donde llevaba cuatro meses en prisión provisional tras haber sido detenida en la Operación Molinos. Así se lo pidió tanto su letrado, José Antonio Visús, como el de oficio de Carmelo Aured, Santiago Palazón. Ambos recordaron que Pinilla se ha presentado siempre que ha sido llamada por los tribunales y que tiene todos los bienes embargados y no puede pagar una defensa de su confianza.


Sin embargo, el tribunal de la Sección Primera ha rechazado su pretensión argumentando que ese dinero no es suyo. En su escrito, le recuerda que fueron cuatro los fiadores que conjuntamente avalaron entonces la cantidad para hacer frente a la cuantía fijada por el juez. En concreto, detalla que la Caja de Ahorros de la Rioja presentó un aval por 100.000 euros, el Banco Popular otro por 400.000, un tercero por importe de 100.000 euros depositado por Cajalón y un ingreso en efectivo de 200.000 que hizo un procurador en la cuenta corriente del juzgado.


Sin discutir que una fianza puede ser reducida o ampliada de oficio, la sala expone que su finalidad esencial es asegurar la presencia del imputado en los tribunales e impedir el riesgo de fuga. Añade que el comportamiento de un acusado puede influir en que se modifique esa cantidad, lo que lógicamente podría suponer, en caso de reducción, la devolución de su importe al fiador e incluso la recuperación íntegra de la suma. Subraya también el derecho que tiene el fiador a cancelar la fianza cuando se cumplan los requisitos que marca la ley, entre ellos que haya sentencia absolutoria o, por el contrario, condenatoria y, en este caso, se presente el reo para cumplir la pena.


Sin embargo, dice la Audiencia, lo que se pretende en este caso "no es la reducción" de la cantidad, sino la "detracción" de una parte de ese importe y su "desviación" a unos "fines ajenos" al objetivo de una fianza. Es más, los magistrados creen que no están legitimados para proceder como pretende Pinilla, ya que dispondrían de una cantidad prestada por terceros y les privarían de la posibilidad de recuperarla íntegramente una vez cancelada.

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