La juez paraliza el cambio de nombre del pabellón hasta que haya una sentencia firme

La juez estima la medida solicitada por los concejales del PP en el Ayuntamiento de Zaragoza.

Operarios borran el nombre del pabellón Príncipe Felipe este jueves.
Operarios borran el nombre del pabellón Príncipe Felipe este jueves.
José Miguel Marco

La titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Zaragoza, Concepción Gimeno, ha estimado la medida cautelar solicitada por los concejales del PP en el Ayuntamiento de Zaragoza y ha decidido paralizar cautelarmente el cambio de nombre del pabellón Príncipe Felipe hasta la resolución definitiva del asunto. 


El pasado día 1 la magistrada de dicho tribunal decretó la paralización cautelar de los trabajos de cambio de rótulo tras el recurso presentado por el PP y la vista para la paralización cautelar se llevó a cabo el pasado lunes 5 de octubre.


En esta vista el letrado del Ayuntamiento de Zaragoza, Luis García Mercadal, aseguró que el cambio de nombre de la instalación por el de José Luis Abós, en honor al ex entrenador del CAI, se hizo respetando "escrupulosamente" la legalidad, independientemente de su "mayor o menor legitimidad democrática".


Con la decisión del juzgado se fijan definitivamente las medidas cautelares hasta que culmine el proceso contencioso, que podrían demorarse una media de cuatro años.

El ayuntamiento acata el auto

Tras conocerse esta decisión, el ayuntamiento ha indicado en una nota de prensa que acata el auto dictado por la jueza y ha recordado que interrumpió los trabajos de rotulación el pasado 1 de octubre, cuando el citado tribunal solicitó medidas cautelarísimas.


La polémica surgió tras la decisión del Gobierno de Zaragoza del 17 de septiembre de aprobar el cambio de nombre del pabellón, denominado Príncipe Felipe desde su inauguración en 1991, para dar respuesta a las 15.000 firmas que reclamaban el cambio de denominación.


En el auto, la jueza afirma que cambiar el nombre del pabellón de manera inmediata "afecta directamente a la finalidad del recurso", ya que cambiar la designación de un establecimiento con un conocimiento general "indiscutible", estando pendiente un proceso de conformidad a derecho, "implica imprimir inseguridad y someter a condición (la sentencia que en su momento se dicte) un elemento de identificación que no debe estar sometido a otras variaciones que las que sin duda vayan a ser legalmente definitivas".

25 aniversario del Pabellón

A esta conclusión abunda, según el auto, el informe realizado por la sociedad municipal Zaragoza Deporte en el que se indica que este año se conmemora el 25 aniversario de la inauguración del pabellón, para lo que se creó un logotipo especial y se han celebrado en la instalación acontecimientos con la implicación de determinados patrocinadores, entendiendo en todo caso que cualquier cambio de denominación debería producirse a partir de 2016.


También que en esos 25 años el pabellón se ha asentado y adquirido un prestigio y valor de mercado nacional e internacional que ha de tenerse presente, por lo que cualquier cambio de denominación debería tener un estudio previo y pormenorizado con los objetivos, incluidos económicos, para mejorar la instalación y su programación anual.


Además, la jueza sostiene para paralizar cautelarmente el cambio de nombre que la actuación que sea declarada conforme a derecho de manera definitiva será la que se ejecute, por lo que el interés público queda absolutamente garantizado.


En ese sentido, no se observa que de la no ejecución inmediata del cambio de nombre se derive un grave perjuicio al interés público que subyace del mismo.


Asimismo, la jueza indica que es evidente que la imposición de un nuevo nombre al pabellón pretende honrar y distinguir la memoria de un ciudadano y por ello, ese honor o distinción no puede estar sometido a "vaivenes" ni "devenires" que lo que puedan conllevar sea justamente lo contrario que lo pretendido. 


La sentencia de la titular del juzgado por la que se suspende el cambio de nombre hasta la resolución del procedimiento judicial iniciado por el PP establece un plazo de 15 días para interponer un recurso de apelación a contar desde la notificación de su decisión.

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