Tercer Milenio

REFORMAS

Médicos, abogados y arquitectos, en pie de guerra por los cambios en su jubilación

Los que se retiren a partir de julio tendrán que elegir entre la pensión o el ejercicio libreLos colegiados dicen que la medida generará más paro y economía sumergida.

Tener consulta o cobrar la pensión. En esta encrucijada se encuentran médicos, pero también abogados, arquitectos y otras profesiones liberales que han visto cómo el Ministerio de Trabajo cambiaba las reglas del juego en lo que se refiere a su jubilación. Quienes esperaban poder compatibilizar el cobro de su pensión con el ejercicio de la actividad libre (una opción muy frecuente entre estos trabajadores, que tras cumplir los 65 años aún están en plenas facultades), verán estos planes frustrados a partir del 1 de julio.

Los miembros de colectivos que tienen sus propias mutualidades de previsión social -alternativa al régimen de autónomos de la Seguridad Social- y que se jubilen a partir de esta fecha, deberán decidir entre la pensión, por la que llevan años cotizando, o los ingresos de sus actividades libres. Si mantienen su empleo por cuenta propia deberán renunciar a percibir el importe de su pensión durante el tiempo que mantengan dicha actividad.

La noticia ha caído como un jarro de agua fría sobre miles de profesionales aragoneses (en España, unos 500.000) que habían previsto su futuro conforme a otras reglas. No son pocos los que se plantean ahora anticipar su jubilación a antes del 1 de julio, aunque esto les suponga algunos perjuicios. En concreto, desde el sindicato médico Cesm-Aragón aseguran que, tras la publicación de esta orden (a finales de mayo) una docena de profesionales del Miguel Servet de entre 65 y 70 años expresaron su intención de jubilarse.

No obstante, este punto ha sido matizado, y quienes el 1 de julio tengan 65 años o ya estuvieran jubilados y compatibilizasen ambos ingresos, están exentos, ya que la orden no tiene un carácter retroactivo.

Circulares y notas informativas

El Colegio Oficial de Abogados de Zaragoza ha emitido una circular sobre los cambios, y el Colegio Oficial de Médicos de la provincia ha colgado un extenso informe laboral sobre el tema en su web (www.comz.org). Ambas entidades apoyan sin condiciones las decisiones de sus respectivas organizaciones nacionales, que han anunciado que recurrirán la nueva norma a través de la vía contencioso-administrativa.

Los letrados aragoneses advierten en su circular de que «los abogados que tuvieran derecho a una pensión de jubilación de la Seguridad Social y tuvieran previsto jubilarse, percibirla y seguir desempeñando la abogacía por cuenta propia, deben hacerlo antes del próximo 1 de julio».

Por su parte, el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón valora «negativamente» el contenido y alcance de la orden y culpa al Ministerio de falta de coherencia, ya que, en su opinión, «contradice» las normas pactadas a partir de 1995. «Esta decisión perjudica a quienes, atendiendo a la legislación vigente, habían llevado a cabo lícitamente sus previsiones y decisiones en relación a la cobertura de su jubilación», señalan desde el Colegio de Arquitectos.

Varios colegiados consultados insisten en que esta reforma legal no solo es «injusta», sino que puede suponer el cierre de muchos despachos y consultas, con los consiguientes despidos de auxiliares o administrativos. Además, temen que se impulse la economía sumergida si algunos deciden seguir en activo, pero sin facturar oficialmente.

«Hemos recibido muchas llamadas de los facultativos, primero preocupados y luego muy molestos. Ellos tienen derecho a su pensión contributiva porque han cumplido religiosamente con sus aportaciones a la Seguridad Social a lo largo de toda su vida. Además, han hecho lo propio dentro de su ejercicio libre. Es decir, pagan por los dos lados. Y ahora, de la noche a la mañana, y en plenas facultades, se encuentran con esto», explica el secretario del Colegio de Médicos de Zaragoza, Ángel Jimeno.

Cesm alerta además de lo inoportuno de la medida cuando faltan especialistas y lamenta que profesionales de 63 o 64 años tengan que jubilarse, perdiendo un 8% de pensión máxima por cada año que adelantan la decisión.