"¿Es un buitre? ¿Es un avión?": la campaña de Ordesa contra el uso de drones en el parque

El espacio protegido intenta concienciar a los visitantes y sugiere disfrutar de la naturaleza "con tus propios ojos". Estos sistemas no tripulados también están prohibidos en otros espacios naturales.

Dos imágenes de la campaña lanza por el parque en sus redes sociales.
Dos imágenes de la campaña lanza por el parque en sus redes sociales.
Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido

El Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido ha lanzado una campaña para concienciar a los visitantes sobre los perjuicios del uso de drones en el espacio protegido. De hecho, es una actividad prohibida, como advierten los carteles colocados en las entradas de los senderos. Y aunque no están permitidos y cada año generan sanciones, las redes sociales están repletas de imágenes que demuestran su uso, ya que resulta difícil controlarlos. Los pequeños aparatos se pueden esconder fácilmente en la mochila. 

"Tal vez hayas sentido la tentación de sacar tu dron y capturar impresionantes imágenes del Parque Nacional a vista de pájaro, para después compartirlas en tus redes sociales", señala el parque en su mensaje en Instagram, sugiriendo que en estos casos, "lo único que hay que hacer es dejar guardado el dron en su caja, hacer la mochila, ponerse las botas y recorrer los senderos a pie, disfrutando de la naturaleza con nuestros propios ojos".

Los drones, advierte, causan numerosas perturbaciones a la vida silvestre, especialmente a las aves, tanto por el ruido que producen como por su presencia en el entorno. La lista de perjuicios incluye además las molestias a los demás visitantes, "interrumpe su disfrute, rompe la tranquilidad y el silencio, y representa un posible riesgo para la seguridad de todos".

El uso de drones está prohibido en todo el Parque Nacional, lo mismo que el sobrevuelo de aeronaves, salvo en casos muy excepcionales y siempre con una autorización previa. Sí se puede emplear con fines científicos y de hecho cada vez los investigadores recurren más a esta herramienta por la facilidad para tomar datos e imágenes en una zona montañosa y de más difícil acceso.

"Os damos las gracias por venir al Parque Nacional y disfrutar de él teniendo los pies en la tierra, mientras que el dron duerme en casa", concluye la campaña lanzada por el parque en sus redes. 

La normativa es muy clara al respecto. El artículo 19 del Real Decreto 1180/2018, para la operación de UAS (siglas en inglés de Sistema Aéreo no Tripulado) en zonas medioambientales y espacios protegidos exige autorización previa para su sobrevuelo por parte del gestor del espacio protegido, cumpliendo con las restricciones establecidas en la legislación específica en el caso de los parques nacionales y otros espacios naturales.

En el caso de la normativa concreta de Ordesa, está prohibido el aterrizaje y el sobrevuelo del espacio aéreo situado sobre él de aeronaves o artefactos con o sin motor hasta determinados niveles, entre 13.500 pies y 10.500 según los sectores. También del espacio aéreo situado sobre los Monumentos Naturales de los Glaciares Pirenaicos del macizo de Viñamala o Comachibosa y del macizo de la Munia y sus respectivas Zonas Periféricas de Protección a menos de 1.000 m sobre la vertical del terreno.

Las excepciones son los vuelos de emergencia, seguridad y salvamento y aquellos justificados por la gestión del Parque Nacional o los autorizados para el mantenimiento y suministro de los refugios de montaña, bordas o cabañas utilizadas por los pastores. También por razones científicas o divulgativas.

El uso de drones no solo está prohibido en el Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido y su Zona Periferia de Protección. La restricción se extiende igualmente a los Parques Naturales de la Sierra y Cañones de Guara, Posets-Maladeta, Los Valles Occidentales y Moncayo; los Paisajes Protegidos de San Juan de la Peña, las Foces de Fago y Biniés y los Pinares de Ródeno; y las Reservas Naturales de las Saladas de Chiprana y la Laguna de Gallocanta. 

No está regulado en la figura de Monumentos Naturales, que ampara a los Glaciares Pirenaicos; los Mallos de Riglos, Agüero y Peña Rueba; las Grutas de Cristal de Molinos; el Puente de Fonseca; los Órganos de Montoro; y el Nacimiento del Río Pitarque. En estos casos no existe regulación específica del Espacio Natural Protegido, pero hay que atenerse a la normativa del espacio Red Natura 2000.

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