El TSJA ordena borrar del callejero de Huesca los nombres de alcaldes franquistas

Rechaza el recurso del anterior ayuntamiento socialista, que alegó que Mateo Estaún, José María Lacasa y Mariano Ponz realizaron hechos relevantes para la ciudad.  

Aparcamientos de la zona azul en la calle de Vicente Campo, cerca del centro peatonal.
Calle de Vicente Campo, en Huesca.
Javier Broto

Las leyes de memoria no se hicieron pensando "en que un militar o un político deje de ser dirigente franquista o parte relevante en el golpe de Estado por haber realizado hechos relevantes para su ciudad o para la sociedad". Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), que ha ratificado la sentencia de un juez de primera instancia que ordenó eliminar del callejero de Huesca las referencias a los alcaldes de la Dictadura.

El juez consideró en marzo de 2022 que los nombres de cuatro calles (Federico Mayo, Mateo Estaún, Mariano Ponz y José María Lacasa), al ser personas "afectas al franquismo", infringían la Ley de Memoria Democrática de 2018.

El Ayuntamiento presidido por el exalcalde Luis Felipe (PSOE) recurrió la sentencia basándose en las contribuciones que hicieron a la ciudad, pero ahora la sección n.º 1 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha rechazado la apelación y lo ha condenado en costas, según han informado los promotores de la demanda, el Colectivo Ciudadano de Huesca, Apudepa y la Asociación por la Recuperación de la Memoria Histórica de Aragón, además de personas a título particular. 

La sentencia de primera instancia también ordenó retirar la placa franquista del patio municipal, decisión que fue acatada. En cuando a la mención al militar falangista Federico Mayo, se sustituyó por la calle de la Música. Sin embargo el Ayuntamiento se opuso a que los regidores de la dictadura Mateo Estaún Llanas, José María Lacasa y Mariano Ponz Piedrafita desaparecieran del callejero.

Según el TSJA, los argumentos esgrimidos por el Ayuntamiento colisionan con la interpretación de las leyes de Memoria Democrática en vigor, la aragonesa de 8 de noviembre de 2018 y la de carácter estatal aprobada el 19 de octubre de 2022. 

"La participación destacada de los tres en el régimen franquista, en las organizaciones que sustentaron la dictadura y unidades civiles o militares de colaboración en el régimen franquista hace que consideremos acertada la decisión que aquí se combate", señala el Tribunal Superior. 

El Ayuntamiento dispone de un plazo de 30 días para presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero antes deberá desembolsar 1.500 euros en concepto de costas judiciales.

El pasado 11 de noviembre, los mismos recurrentes presentaron otra demanda para la eliminación de los nombres de los alcaldes franquistas Pedro Sopena Claver, Vicente Campo Palacio, José Gil Cávez y Emilio Miravé, así como de Ricardo del Arco y José Castán Tobeñas. El tribunal todavía no ha dictado sentencia al respecto.

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