"Mi hijo no saltó por la ventana del colegio, se acercó para bajarse la mascarilla y coger aire y se cayó"

La madre del niño de 8 años que se precipitó al patio del CEIP Montecorona de Sabiñánigo critica a la DGA por derivar al menor la responsabilidad del accidente en su contestación a la demanda.

El menor cayó desde una ventana de la primera planta de este edificio al patio de recreo del colegio Montecorona de Sabiñánigo.
El menor cayó desde una ventana de la primera planta de este edificio al patio de recreo del colegio Montecorona de Sabiñánigo.
Laura Zamboraín

"Ahora quieren darle la vuelta a la tortilla y echarle la culpa a mi hijo, pero él no saltó solo por la ventana del colegio. En ese momento se encontraba tapada con una cortina gruesa opaca y como los niños estaban acostumbrados a acercarse a la ventana para bajarse la mascarilla y coger aire cuando estaba el covid, no se percató de que estaba abierta y se cayó". Así explica Vasilica el grave accidente que sufrió su hijo cuando tenía 8 años al caerse desde una ventana de la primera planta del colegio público Montecorona de Sabiñánigo.

La familia del menor, representada por el abogado Julio Conde, solicita una indemnización de 35.392 euros por las lesiones y secuelas que sufrió el niño. Y critica la contestación que ha presentado el Gobierno de Aragón a su recurso contencioso-administrativo ya que deriva la responsabilidad del accidente al propio niño. La causa fue archivada en la vía penal al no hallar el Juzgado de Jaca elementos suficientes para imputar a una persona determinada una conducta que fuera constitutiva de delito. 

Desde el Gobierno de Aragón consideran que el alumno "decidió saltar por la ventana" y por ello presentan como jurisprudencia una sentencia del Tribunal Supremo de otro accidente en un colegio por una caída por unas escaleras que exoneró a la Administración porque la conducta del perjudicado fue determinante en el daño producido.

Aun así, en caso de que se determinara que hay una responsabilidad de la administración, algo "improbable" a juicio de la defensa legal de la DGA, considera que las cantidades reclamadas son excesivas y solo admite una estimación parcial de la demanda por un importe de 16.285,76 euros, algo menos de la mitad de lo que pide la familia.

Por su parte, Vasilica atribuye la causa principal del siniestro a que la ventana estaba abierta y a ras de la tarima donde se subió su hijo que, asegura, ahora está pendiente de una resonancia por unos frecuentes dolores de cabeza que ha sufrido a raíz de la caída. "Además, sigue con el miedo a las alturas y no sale ni al balcón", subraya. 

Un accidente por una "pluralidad de causas"

Los hechos se remontan al 13 de mayo de 2021. El menor, que entonces tenía 8 años y cursaba 2º de Primaria, regresó al colegio a las 15.00 después de comer en su casa para asistir a una clase de aragonés, que se impartía fuera del horario lectivo en el salón de actos de la primera planta del edificio. 

Debido a la pandemia de la covid, las ventanas estaban abiertas para mejorar la ventilación y una de ellas quedaba a ras de una tarima que se empleaba como escenario. Sobre las 15.05, el profesor salió del aula para hacer fotocopias y los niños decidieron gastarle una broma o darle una sorpresa escondiéndose. El menor lo hizo detrás de la cortina del escenario y desde la tarima, se asomó a la ventana y cayó al patio de recreo desde unos 2,5 metros de altura, golpeándose en la cabeza.

El niño fue trasladado al Hospital Miguel Servet de Zaragoza, donde estuvo tres días en la UCI pediátrica por un traumatismo craneoencefálico, una fractura de la órbita derecha, un hematoma subdural y un hemoseno postrautámico, pasando luego a planta y recibiendo el alta el 19 de mayo. Trece días después del accidente, se reincorporó al centro escolar. 

Además de secuelas físicas por marcas en la cara y en el ojo del menor de carácter permanente, le han quedado también psicológicas ya que desde la caída ha tenido un seguimiento psiquiátrico por miedo a las alturas y a la repetición del hecho traumático ya que ha afectado a la sociabilidad del menor.

El auto de sobreseimiento de la causa penal del Juzgado de Jaca admitió que la caída se produjo por una "pluralidad de causas": la ausencia del profesor en el aula, el hecho de que la clase se impartiera con las ventanas abiertas por la situación de pandemia en un lugar no habilitado para ellos como un salón de actos; y que la ventana por donde cayó estaba situada a ras de la tarima a la que se subió el alumno. El archivo fue ratificado por la Audiencia Provincial.

Pero la familia presentó un recurso contencioso-administrativo después de que la reclamación ante Educación fuera desestimada por silencio administrativo. Alegan que existe una responsabilidad de la administración por "una concurrencia de acciones y omisiones" acreditadas durante la investigación penal.

El letrado Julio Conde remarca que "el juez del caso penal puso de relieve las negligencias varias que desencadenaron causalmente el resultado". Y denuncia que la contestación de la DGA prescinde de estas apreciaciones "que legalmente son hechos probados", remarca. Además, considera "reprobable" que no haya una "mínima justificación" de la "inacción" de la Administración educativa en la tramitación de la reclamación de responsabilidad patrimonial porque prescindió de "trámites esenciales" como el preceptivo informe del Consejo Consultivo de Aragón.

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