El Constitucional admite a trámite un recurso del exconsejero fugado Lluís Puig por el caso Sijena

Procesado junto a Santi Vila por no entregar los bienes, pide amparo del tribunal por la "desproporcionada" fianza (88.000 euros). El TC acepta la demanda, pese a que solo admite a trámite el 1% de los recursos.

El 'exconseller' Lluis Puíg está huido junto a Puigdemont.
El exconsejero catalán Lluís Puig huyó a Bélgica junto a Puigdemont.
Efe

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el exconsejero de Cultura de la Generalitat de Cataluña Lluís Puig, acusado junto a su antecesor, Santi Vila, de un delito de desobediencia al negarse a autorizar la salida de 44 obras de arte del Museo de Lérida con destino al monasterio de Sijena, que finalmente fueron devueltas con el auxilio de la Guardia Civil en el verano de 2017. Puig, que huyó a Bélgica con Carles Puigdemón y permanece fugado, ha recurrido la fianza de 88.000 impuesta por el juzgado número 3 de Huesca al considerar que se trata de una medida "desproporcionada" y una "pena anticipada".  

Todavía no hay fecha para sentar en el banquillo a los dos exconsejeros, que también estuvieron implicados en la causa del 'procés'. Se espera que solo Santi Vila acuda a la vista oral y se juzgue en rebeldía a Puig. El juzgado impuso al primero una fianza de 216.000 y al segundo de 88.000.  

El abogado de Lluís Puig ha pedido el amparo del Tribunal Constitucional en desacuerdo con la fianza. La demanda ha sido admitida a trámite, algo que solo ocurre con el 1% de las registradas. El recurso pide la anulación de tres autos del juzgado número 3 de Huesca y otro de la Audiencia Provincial por entender que vulneran el derecho a la presunción de inocencia, un caso de especial trascendencia constitucional.

Según el defensor del exconsejero catalán, la fianza no debió incluir la pena de multa solicitada por la acusación particular, ejercida por el abogado Jorge Español en nombre del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, que dista mucho de la solicitada por el fiscal.

La Fiscalía solicitó una pena de multa por el delito de desobediencia a razón del pago de 18 euros diarios durante 11 meses (5.940 euros), muy por debajo de los 200 euros diarios durante 11 meses (66.000 euros) de la acusación particular. A esta cantidad la juez le añadió los gastos de transporte sufragados por el Gobierno de Aragón cuando fue a Lérida a buscar los bienes ante la negativa a la devolución voluntaria. 

Según el representante de Puig, tener que abonar antes del juicio la "nada desdeñable" cifra de 88.000 euros supone una "auténtica pena anticipada" y la considera "absolutamente improcedente" y contraria a la presunción de inocencia. "La imposición de la fianza fijando su cuantía en lo solicitado por la acusación particular supone además una medida desproporcionada e irrazonable, por cuanto dicho importe se encuentra muy alejado de los solicitado por el Ministerio Fiscal", señaló en su escrito al Constitucional.

Lluis Puig pide subsidiariamente la rebaja hasta lo solicitado por el Ministerio Fiscal, a lo que la acusación particular se opone en las alegaciones.  Esta parte esgrime que no se le pide que pague ya las multas que le solicitan las acusaciones sino solo "que las afiance", "siendo suficiente para ello un mero aval bancario o incluso de personas solventes". 

Hace referencia además a la solvencia de Puig, que fue consejero de Cultura de la Generalitat entre julio y octubre de 2017 y desde agosto del 2018 hasta hoy es el encargado de internacionalizar la cultura catalana con un sueldo de 85.000 euros al año pagado por la Generalitat de Cataluña. Recuerda que la fianza de Puig la aportó la caja de solidaridad, que se hace cargo de los gastos legales de los políticos independentistas, a diferencia de Santi Vila. Se le negó por su distanciado del independentismo y tuvo que presentar como aval las escrituras de su casa. 

Español se refiere en sus alegaciones a la "nimia cuantificación" de multa por parte del Ministerio Fiscal, "que, con todo respeto, más bien sería la pena de multa a solicitar para un trabajador modesto, y no para un conseller de la Generalitat". No oculta su "sorpresa" porque el TC haya admitido a trámite este recurso de amparo, ya que solo se admiten a trámite el 1% de los recursos de amparo que se presentan. 

Este letrado seguirá ejerciendo la acusación particular, tras la polémica con el Ayuntamiento de Sijena. La institución municipal se planteó prescindir de él para dejar el caso en manos de los servicios jurídicos de la Diputación de Huesca, pero finalmente dio marcha atrás.   

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