Más de cinco años de cárcel por secuestrar y pegar a su expareja en Barbastro

La Audiencia Provincial de Huesca le absuelve del delito de descubrimiento de secretos después de que la víctima le "perdonara" por haberle cogido el móvil para ver su contenido ante las sospechas de infidelidad.

En imagen, la expareja de la víctima, uno de los acusados por secuestro en Barbastro.
Imagen del condenado por retener ilegalmente y pegar a su expareja en Barbastro.
Pablo Segura

La Audiencia Provincial de Huesca ha condenado a penas que suman 5 años y 8 meses de prisión a Antonio Callejas, un vecino de Barbastro de 39 años de edad, por retener ilegalmente a su expareja y propinarle golpes por todo el cuerpo que le hicieron incluso temer por su vida

El tribunal, no obstante, le absuelve del delito de descubrimiento de secretos, por el que la Fiscalía le pedía cuatro años de cárcel, ya que la víctima no pudo confirmar en el juicio si había accedido al contenido de su móvil ante las sospechas de que le había sido infiel y, además, le perdonó por ello. Atiende así en parte la petición que hizo en el juicio el abogado del acusado, Alejandro Sarasa. 

Mientras, José Manuel Barrio, que también se sentó en el banquillo de los acusados y para el que el fiscal solicitaba hasta 12 años como cooperador necesario de todos los delitos, ha sido condenado únicamente a tres meses de prisión como cómplice de un delito de quebrantamiento y a sendas multas por un importante de 180 euros y al pago de 280 euros de indemnización por las lesiones que causó a dos guardias civiles durante su detención.

La Audiencia Huesca considera probado que en la mañana del 14 de agosto de 2020 la víctima acudió al domicilio de José Manuel Barrio para recoger a su perra sabiendo que existía la posibilidad de que coincidiera con suexnovio. Al llegar, se encontró con él y este le pidió que subiera al piso superior de la casa entrando ambos en una habitación. El acusado cerró la puerta de la misma y, con el propósito de menoscabar la integridad física de su expareja, sospechando que le podría haber sido infiel durante una reciente estancia en prisión, le propinó un puñetazo en el ojo izquierdo, al tiempo que le espetó expresiones como “puta, guarra” y la agarró con fuerza del cuello, asfixiándola, "causando con ello un gran temor a la víctima, quien llegó a temer por su vida por la falta de aire y, mientras recibía golpes por todo el cuerpo, insistía en que la dejara marcharse, a lo que no accedió el acusado", resalta la sentencia. 

Posteriormente, le pidió a la víctima el móvil y ella le dijo que lo tenía dentro del coche, tras lo cual el acusado, "con la intención de doblegar su voluntad para que confesara su presunta infidelidad e impedir que pudiera abandonar el lugar", la desnudó por completo, la amordazó con cinta americana, le ató las manos a la espalda y los pies y la encerró en un gran armario empotrado de la habitación que hacía las veces de trastero, poniendo delante de la puerta diversos efectos como una caja y una televisión grande para dificultar que pudiera abrirla. Sin embargo, la víctima consiguió liberarse unos diez minutos después. Al bajar por las escaleras, se encontró de nuevo al acusado, que la obligó a volver al mismo cuarto, aunque poco después le convenció para bajar al comedor. Luego él se dirigió al coche en el que había ido su expareja y rompió el cristal de una de las ventanillas para coger el teléfono. Aunque pudo abandonar el domicilio en muchos momentos de la tarde, la mujer no lo hizo hasta la madrugada, procediendo luego a interponer la correspondiente denuncia.

El tribunal condena a Antonio Callejas como autor responsable de un delito detención ilegal (tres años y ocho meses de prisión, prohibición de aproximarse a la víctima durante seis años y de acudir a Barbastro durante otros seis años); otro de lesiones en el ámbito familiar en el seno de la violencia de género (un año de prisión, privación de tenencia de armas durante tres años, prohibición de acercarse a la víctima durante cuatro años y de acudir a Barbastro por un tiempo de otros cinco años, y una indemnización de 219,24 euros a la víctima por las lesiones sufridas); otro de quebrantamiento de una orden de alejamiento (un año de prisión); otro de daños (multa de 540 euros); y otro de lesiones leves a un guardia civil (multa de 540 euros); además de una indemnización de 3.000 euros por daños morales a la víctima, pese a que ella renunció a presentar acusación contra él en el juicio. 

Su abogado, Alejandro Sarasa, había solicitado la aplicación de una atenuante por drogadicción y, al respecto, el tribunal señala que aunque la víctima aseguró que vio a su expareja "esnifar 'speed' y beber cervezas” aquella tarde, no se puede afirmar que todo ello mermara sus capacidades volitivas e intelectivas. 

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