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Huesca restringe la segunda actividad sin destino en la Policía Local para reponer una plantilla "muy mermada"

El Ayuntamiento retrasará gradualmente de los 55 a los 58 años la posibilidad de acogerse a este derecho y se suprimirá cuando los trabajadores se puedan acoger a la jubilación anticipada.  

El concejal de Personas y Organización, Fernando Laborda.
El concejal de Personas y Organización, Fernando Laborda.
Rubén Darío Núñez

Los agentes de la Policía Local de Huesca ya no podrán pasar a los 55 años al régimen de segunda actividad sin destino, lo que les permite seguir cobrando el 100% de sus retribuciones básicas y el 80% de las complementarias sin trabajar. A partir de ahora, ese derecho se retrasará gradualmente a los 58 años y se eliminará en el momento en que puedan acogerse a la jubilación anticipada a una edad que oscila entre los 59 y los 62 años, habitualmente.

Esta modificación del reglamento, que ha sido aprobada con el apoyo total de los sindicatos y el voto mayoritario de los grupos políticos (solo se ha abstenido el PP), facilitará la reposición de plazas en una plantilla "muy mermada" ya que en los últimos años ha perdido un 30% de efectivos hasta quedarse en unos 70 agentes en activo. Y es que la jubilación anticipada sí que permite reponer vacantes pero no la segunda actividad, situación a la que están acogidos actualmente 21 funcionarios (12 sin destino y 9 con destino). Además, entre la Oferta de Empleo Público y la previsión de jubilaciones, se esperan incorporar el próximo año otros 9 agentes más.  

El concejal de Personas y Organización, Fernando Laborda, ha explicado que desde la entrada en vigor del El Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, por el que se permite la jubilación anticipada a los policías locales, les ha obligado a reforzar en un 8% las cotizaciones de los trabajadores, con el consiguiente incremento presupuestario para las arcas del Ayuntamiento de Huesca.  

Junto a este derecho, convive también el de segunda actividad sin destino, lo que está impidiendo cubrir los puestos de policía local que llegan a los 55 años ya que la tasa de reposición se aplica en función de las jubilaciones, no del pase a esta segunda actividad.

Ahora, en cambio, se suprimirá la segunda actividad desde el momento en que se tiene derecho a jubilarse anticipadamente. En un principio, el equipo de gobierno del PSOE había planteado la supresión total de este derecho, pero se ha negociado con grupos políticos y sindicatos -a estos últimos ha agradecido su postura "bastante razonable"- y se ha llegado a un entendimiento. Así, finalmente se ha "modulado" la propuesta inicial y se va a seguir permitiendo la segunda actividad sin destino pero solo a partir de los 58 años y hasta la edad de jubilación anticipada. 

Además, se ha establecido un régimen transitorio para ir retrasando un año la opción de acogerse a la segunda actividad sin destino en cada ejercicio. Así, en 2020 podrán hacerlo aquellos que cumplan 55 años, al siguiente 56, el tercero 57 y ya en el cuarto se quedará en 58 años el derecho a quedar en segunda actividad sin destino. En principio, la medida afectará a un trabajador el año que viene y al siguiente, cuatro en el año 2022 y siete en 2023. En paralelo, se negociará un catálogo de puestos de actividad con destino "que sea atractivo y compatible con la situación psicofísica de los policías", ha destacado. En este caso, cobran el 100% de las retribuciones básicas y complementarias y suelen realizar tareas más burocráticas en otros departamentos municipales. 

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