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El Supremo obliga a la DGA a pagar 234.000 euros en subvenciones a 117 VPO entregadas hace seis años en Huesca

Ratifica un fallo del TSJA que ya había reconocido el derecho del grupo zaragozano Brial a cobrar la ayuda aprobada en 2012.

El edificio de VPO se encuentra en la calle Teruel, en Huesca, y fue construido sobre los terrenos del antiguo cuartel de Artillería.
El edificio de VPO se encuentra en la calle Teruel, en Huesca, y fue construido sobre los terrenos del antiguo cuartel de Artillería.
Rafael Gobantes

El Tribunal Supremo ha condenado al Gobierno de Aragón a pagar 234.000 euros en subvenciones por mejorar la eficiencia energética a la promotora de 117 VPO que fueron entregadas hace ya seis años en el suelo del antiguo cuartel de Artillería de Huesca, en la calle Teruel.

La demanda fue presentada por la empresa Neurbe Pirineos, sociedad del grupo zaragozano Brial, que se hizo cargo de las obras del edificio tras la quiebra de Bruesa, promotora inicial del edificio. Y fue después de que la consejería de Vertebración del Territorio desestimara un recurso contra la denegación del pago de unas ayudas de 2.000 euros por vivienda para la mejora de la eficiencia energética que habían sido reconocidas en 2012, en base al Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009/2012.

Según explica Rafael Alcázar, abogado de la demandante, el pago estaba condicionado a obtener la calificación definitiva de las viviendas y a comprobar que se habían ejecutado las medidas de ahorro energético. Pero el Gobierno de Aragón denegó la subvención argumentando que esa calificación final había llegado después de la entrada en vigor de una nueva ley aprobada por el Gobierno central en 2013 con la llegada de la crisis, que suprimió todas las ayudas no concedidas a la fecha de su entrada en vigor.

La promotora recurrió en primera instancia ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón alegando que no cabía aplicar la retroactividad porque la subvención ya había sido aprobada con la calificación provisional de las viviendas, en el año 2012, y posteriormente se comprobó que se habían ejecutado "por lo que entendíamos que la ayuda debía de considerarse otorgada definitivamente", subraya el letrado.

El TSJA ya les dio la razón hace poco más de un año, pero el Gobierno de Aragón volvió a recurrir en casación ante la Sala de lo Contencioso del Supremo, insistiendo en que la promotora no había cumplido los requisitos que exigía la ley para percibir las subvenciones. No obstante, el Alto Tribunal ha vuelto a fallar a favor de Brial sentenciando que no necesitaba la autorización definitiva del Ministerio de Fomento, como sostenía la DGA y dejando claro que al otorgar la calificación provisional, ya se reconoció el derecho al cobro de la ayuda.

Rafael Alcázar se felicita del fallo del Supremo ya que sin estos 234.000 euros (más intereses de demora) "la promoción no hubiera sido rentable con los precios tan ajustados que tienen las viviendas de protección", dice.

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