El Consejo de Estado deberá dictaminar sobre la reversión del salto de Lafortunada

Será el último trámite antes de la resolución de la Confederación, una vez que la Abogacía del Estado ya ha dado el visto bueno  

 La Confederación Hidrográfica del Ebro consultará al Consejo de Estado antes de emitir una resolución sobre la reversión a la Administración General del salto hidroeléctrico de Lafortunada-Cinqueta, cuya concesión caducó en 2007 y una de las más importantes del Pirineo (40.000 kw). La Abogacía del Estado emitió un informe para incorporarlo al expediente en el que indica la necesidad, como trámite preceptivo, de contar con el informe del máximo consultivo del Gobierno, aunque este no sea vinculante. 


Es necesario, según la ley, en casos de «extinción de concesiones administrativas, cualquiera que sea su objeto, cuando se formule oposición por parte del concesionario», como así ha sido, ya que Endesa ha formulado alegaciones contrarias a la reversión, a las que se ha adherido Acciona. 

La primera compañía eléctrica era propietaria de la central, pero en el año 2009 la vendió a la segunda por 49 millones de euros. En el contrato se fijó una cláusula para anular la compraventa si en 5 años no había una prórroga de la concesión.  


Por su parte, la Abogacía del Estado ha informado favorablemente la extinción del aprovechamiento hidroeléctrico en el río Cinqueta y la reversión al Estado de sus derechos, bienes e instalaciones. En su argumentación rechaza la intención de Endesa de conseguir la prórroga hasta el año  2061 y concluye que no existe obstáculo legal para la extinción, ya que ni el actual concesionario ni el anterior discuten la caducidad y que si Endesa reclama una indemnización por la desaparición de los saltos ligados al embalse de Jánovas, ya que este nunca llegó a construirse, no debe ser por la vía de un periodo suplementario sino a través de otro procedimiento administrativo. Endesa valoró los perjuicios que le ocasionó la renuncia del Ministerio de Medio Ambiente en 31.497.674 euros, una cantidad a la que habría que sumar la actualización del IPC.


Otro punto de fricción es la negativa de la eléctrica a realizar reparaciones antes de entregar el salto al Estado, a lo que la Abogacía del Estado responde diciendo que la legislación de hace 75 años imponía la devolución en buen estado de todos los elementos.


En cuanto a las demás alegaciones, de los tres ayuntamientos afectados (Plan, Tella-Sin y San Juan de Plan), de la Diputación Provincial y del Gobierno de Aragón, todos apoyan la reversión de las obras y de las instalaciones situadas en el dominio público hidráulico, pero no de aquellas localizadas en terrenos de titularidad local, como los montes de utilidad pública. Según los abogados de la administración del Estado, en esta postura subyace la pretensión de entrar en la gestión.     


El salto de Lafortunada-Cinqueta es el segundo que debe revertir después de la central de El Pueyo de Jaca, ya en explotación por parte de la CHE. Los próximos serían Barrosa, Urdiceto y San José, en los municipios de Bielsa y La Puebla de Castro, pero no caducan hasta dentro de unos años. Los ayuntamientos ven en ellos la posibilidad de una restitución territorial. Panticosa ya ha conseguido energía a precio de coste. El de Carcavilla expira en 2061

Recientemente, el ya exdiputado Chesús Yuste formuló una pregunta en el Congreso sobre el año de caducidad del salto de Carcavilla, en el río Gállego, en el municipio de las Peñas de Riglos. Según el Gobierno, la concesión se otorgó a perpetuidad, por una resolución gubernativa de 1900, pero la Ley de Aguas establece un periodo máximo de 75 años desde su entrada en vigor, de forma que el plazo de extinción es el 1 de enero del año 2061.