Ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón

Cataluña intenta anular la catalogación de bienes de Aragón

El argumento de Cataluña "es ciertamente capcioso y hecho con evidente mala fe para frustrar la devolución de los bienes", ha dicho el abogado.

Jorge Español
Cataluña aprovecha la sentencia de Sijena para el conflicto de los bienes
ENRIQUE CIDONCHA

El abogado Jorge Español ha advertido este lunes de que la Generalitat de Cataluña "ha aprovechado" la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre los bienes del monasterio de Sijena (Huesca) vendidos a Cataluña para "impugnar la catalogación aragonesa de los 24 Bienes de Interés Cultural (BIC) de las parroquias de Barbastro-Monzón".


En una demanda fechada el 3 de febrero de 2012, y presentada por la Generalitat ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) contra la catalogación aragonesa de esos 24 BIC, "le dedica al final de los fundamentos de derecho un párrafo a la reciente sentencia sobre Sijena, extrapolando lo allí decidido al caso de los 24 BIC catalogados por el Gobierno de Aragón recientemente".


Español ha señalado en una nota de prensa que está personado en su propio nombre en dicho recurso contencioso-administrativo y se opondrá a la demanda de la Generalitat porque el argumento de Cataluña "es ciertamente capcioso y hecho con evidente mala fe para frustrar la devolución de los bienes, que es lo que se pretende con la catalogación cultural catalana, como así lo reconocieron los consejeros de Cultura, Caterina Mieras y Ferrán Mascarell".


Para el letrado, "no es admisible" que la competencia para catalogar un bien "sea algo así como una loca 'competencia itinerante' en función de por donde circunstancialmente pase el bien" porque esto "sería un sinsentido y un caos".


Por eso, "es de suponer que Cataluña no consentiría que una pieza dejada en depósito por un propietario catalán en Castilla y León fuera catalogada por la Comunidad autónoma de Castilla y León, como ocurrió con el Auto del Tribunal Constitucional en los papeles de Salamanca, donde el Constitucional no permitió al Gobierno de Castilla y León catalogar como indivisible el archivo de la guerra civil porque, curiosamente, tenían que salir varios papeles de dicho archivo para Barcelona donde tenía su sede el Gobierno catalán que iba a ser su próximo dueño".


"Flaca memoria la de nuestros vecinos catalanes", ha apuntado Español, para recalcar que la catalogación cultural "nada tiene que ver con el territorio donde estén las piezas, sino con el territorio donde esté el propietario de las piezas".


Por eso, en este caso, "si la pieza es de un propietario que tiene vecindad civil o domicilio social en territorio aragonés, el Gobierno de Aragón ejerce sus competencia dentro de su territorio y no fuera, pues la competencia para catalogar un bien no es una 'competencia itinerante' en función de por donde pase circunstancialmente un bien cultural".

Solo tiene que devolverlos


El letrado ha incidido en que "es el mismo caso que ya resolvió el Constitucional con los Papeles de Salamanca, donde bloqueó que Castilla y León pudiera catalogar unos papeles que el Estado iba a donar a Cataluña", mientras que en el caso de las parroquias de Barbastro-Monzón, "Cataluña no dona nada, sino que solo tiene que devolverlos".


Por lo tanto, "no se puede extrapolar la reciente sentencia del TC sobre Sijena al caso de la catalogación de estos bienes" y hacerlo "sería una torpeza y, de ser así, como dice la Generalitat, ninguna Comunidad autónoma permitiría la salida de bienes culturales de su Comunidad, ni siquiera para depositarlos en otra".


Ha agregado que si alguna competencia cultural hubiera que reconocerle a la Generalitat en este asunto, "sería la meramente residual para garantizar que las obras regresarán en el mejor estado posible al domicilio en Aragón de su propietario, nada más, conforme es voluntad del propietario aragonés".